# Régimen económico. Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad. Extracto convocatoria subvenciones

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-08
- **Organismo:** Madrid
- **Identificador oficial:** BOCM-20260708-46
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-08/regimen-economico-area-gobierno-politicas-sociales-familia-e-igualdad-extracto-convocatoria-subvenciones-NLPaRQ
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/08/BOCM-20260708-46.PDF

## Contenido

BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID B.O.C.M. Núm. 161 MIÉRCOLES 8 DE JULIO DE 2026 Pág. 137 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 46 MADRID RÉGIMEN ECONÓMICO Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad Extracto del decreto de 27 de febrero de 2025, modificado por decreto de 24 de junio de 2026, del delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid, por el que aprueba la convocatoria pública de concesión de becas para la escolarización en el curso escolar 2025-2026 en el primer ciclo de Educación Infantil en centros de titularidad privada del municipio de Madrid. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/inicio BDNS IDENTIF.: 817799 Primero. Beneficiarios Padres, madres, tutores/as o representantes legales, que reúnan los requisitos del artículo 4 de esta convocatoria. Segundo. Objeto Fomentar la escolarización en el primer ciclo de educación infantil de las niñas y niños de cero a tres años, mediante el abono de una beca a la cuota mensual, incluyendo cuota de escolaridad, comedor y horario ampliado, en centros de titularidad privada del municipio de Madrid autorizados por la Administración educativa, siempre que no se ocupe plaza sostenida total o parcialmente con fondos públicos. Tercero. Bases reguladoras Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2013. Cuarto. Cuantía — Tramo 1: 4.235 euros anuales, a razón de 385 euros por cada uno de los meses comprendidos en el período de septiembre de 2025 a julio de 2026, ambos incluidos, cuando la renta anual per cápita de la unidad familiar esté comprendida entre 0 y 10.420,30 euros. — Tramo 2: 2.420 euros anuales, a razón de 220 euros por cada uno de los meses comprendidos en el período de septiembre de 2025 a julio de 2026, ambos incluidos, cuando la renta anual per cápita de la unidad familiar esté comprendida entre 10.420,31 y 17.020,30 euros. — Tramo 3: 1.298 euros anuales, a razón de 118 euros por cada uno de los meses comprendidos en el período de septiembre de 2025 a julio de 2026, ambos incluidos, cuando la renta anual per cápita de la unidad familiar esté comprendida entre 17.020,31 y 30.000,00 euros. BOCM-20260708-46 El importe total destinado a la convocatoria es 5.100.000 euros. Se establecen los siguientes tramos de becas y su cuantía:

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/08/BOCM-20260708-46.PDF
