# Ley – Corrección de errores de la Ley 4/2026, de 2 de julio, de Caza y Pesca de la Comunidad de Madrid

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-09
- **Organismo:** A) Disposiciones Generales - PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD
- **Identificador oficial:** BOCM-20260709-1
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-09/ley-correccion-errores-ley-42026-2-julio-caza-pesca-comunidad-madrid-n3zLoK
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/09/BOCM-20260709-1.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 8 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID JUEVES 9 DE JULIO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 162 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Presidencia de la Comunidad 1 CORRECCIÓN de errores de la Ley 4/2026, de 2 de julio, de Caza y Pesca de la Comunidad de Madrid. BOCM-20260709-1 Advertido error en la Ley 4/2026, de 2 de julio, de Caza y Pesca de la Comunidad de Madrid, en el «Artículo 116. Cebos y señuelos prohibidos», se solicita su corrección, en virtud de lo dispuesto por el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el siguiente sentido: En el «Artículo 116. Cebos y señuelos prohibidos», punto 2, último párrafo: Donde dice: «2. Mediante orden de la consejería competente en materia de pesca se podrá prohibir cualquier otro cebo o señuelo que, por su carácter lesivo para la protección medioambiental o por otras cuestiones de carácter técnico, se considere oportuno, así como autorizar el empleo de cebos o señuelos prohibidos por motivos de gestión, investigación, divulgación u otras relativas al fomento de la pesca». Debe decir: «3. Mediante orden de la consejería competente en materia de pesca se podrá prohibir cualquier otro cebo o señuelo que, por su carácter lesivo para la protección medioambiental o por otras cuestiones de carácter técnico, se considere oportuno, así como autorizar el empleo de cebos o señuelos prohibidos por motivos de gestión, investigación, divulgación u otras relativas al fomento de la pesca». (03/11.409/26) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791

## Fuente

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Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/09/BOCM-20260709-1.PDF
