# Organización y funcionamiento. Delegación funciones

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-09
- **Organismo:** Torrejón de Velasco
- **Identificador oficial:** BOCM-20260709-57
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-09/organizacion-funcionamiento-delegacion-funciones-N0YAXk
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/09/BOCM-20260709-57.PDF

## Contenido

BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID B.O.C.M. Núm. 162 JUEVES 9 DE JULIO DE 2026 Pág. 371 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 57 TORREJÓN DE VELASCO ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO Por decreto de Alcaldía número 2026-0918, de 30 de junio de 2026, se aprobó la resolución cuya parte dispositiva se transcribe literalmente: Primero.—Delegar en el primer teniente de alcalde, que a continuación se cita, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, conforme el siguiente detalle: TENIENTE DE ALCALDE DON ÁLVARO MARTIN TORREJÓN PRIMER TENIENTE DE ALCALDE PERIODO Desde el día 1 de julio de 2026 hasta el 22 de julio de 2026 (ambos inclusive) BOCM-20260709-57 Segundo.—La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros. Tercero.—El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. Cuarto.—La delegación conferida en el presente decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución. Quinto.—La presente resolución será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre. Sexto.—En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas. Lo que se publica, a los efectos oportunos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. En Torrejón de Velasco, a 30 de junio de 2026.—El alcalde-presidente, Esteban Bravo Fernández. (03/10.964/26) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/09/BOCM-20260709-57.PDF
