# Adscripción personal – Resolución 401/2026, de 6 de julio, del Consejero Delegado de la Agencia de Ciberseguridad de la Comunidad de Madrid, por la que se aprueban las bases y convocatoria del proceso selectivo para la adscripción a la Agencia de diverso personal, por procedimiento restringido, conforme a la Orden de 16 de junio de 2014 del Consejero de Economía y Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de julio de 2014)

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-14
- **Organismo:** B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN - AGENCIA PARA LA ADMINISTRACIÓN DIGITAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
- **Identificador oficial:** BOCM-20260714-12
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-14/adscripcion-personal-resolucion-4012026-6-julio-consejero-delegado-agencia-ciberseguridad-comunidad-madrid-que-aprueban-bases-nJP7xV
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/14/BOCM-20260714-12.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 166 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MARTES 14 DE JULIO DE 2026 Pág. 75 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Digitalización AGENCIA PARA LA ADMINISTRACIÓN DIGITAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID RESOLUCIÓN 401/2026, de 6 de julio, del Consejero Delegado de la Agencia de Ciberseguridad de la Comunidad de Madrid, por la que se aprueban las bases y convocatoria del proceso selectivo para la adscripción a la Agencia de diverso personal, por procedimiento restringido, conforme a la Orden de 16 de junio de 2014 del Consejero de Economía y Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de julio de 2014). La Agencia de Ciberseguridad de la Comunidad de Madrid (en adelante, la Agencia), configurada según lo dispuesto en la Ley 14/2023, de 20 de diciembre, por la que se crea la Agencia de Ciberseguridad de la Comunidad de Madrid, ejerce sus funciones en el ámbito de la Administración General de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos y se encuentra adscrita a la Consejería de Digitalización. La Agencia ostenta personalidad jurídica y patrimonio propios, y cuenta con autonomía funcional, de gestión y económica en el ejercicio de sus funciones, de acuerdo con lo previsto en la Ley 14/2023, de 20 de diciembre. Es el organismo responsable de impulsar y coordinar la protección frente a ciberamenazas en la Administración autonómica, sus organismos públicos, y en el conjunto del ecosistema digital madrileño. Entre sus principales funciones se encuentran la prevención, detección y respuesta ante incidentes de ciberseguridad; la propuesta de políticas de la seguridad de la información; el asesoramiento técnico a entidades públicas; la promoción de la cultura de ciberseguridad entre empresas y ciudadanía; y la colaboración con organismos nacionales e internacionales. Asimismo, impulsa la innovación y el desarrollo del sector mediante alianzas con universidades, empresas y centros tecnológicos. La Orden de 16 de junio de 2014 del Consejero de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de julio de 2014) regula específicamente los requisitos y el procedimiento por el cual, previa autorización por parte de la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Consejería de Economía y Hacienda, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 5/2013 de 23 de diciembre, en sus apartados 9 y 11, las empresas, entes, fundaciones y consorcios del sector público de la Comunidad de Madrid pueden incorporar a su plantilla, mediante un procedimiento específico y singular, personal que, exclusivamente, ya se encuentre ligado previamente al sector público de la Comunidad de Madrid mediante una relación de empleo de carácter fijo e indefinido, bien como personal funcionario de carrera, laboral fijo, o estatutario. La Agencia necesita, para el adecuado cumplimiento de sus fines, objetivos, funciones y competencias que tiene encomendadas, incorporar determinado personal, para lo que proveerá en lo sucesivo las necesarias convocatorias de personal; de las cuales, se concreta para la actual convocatoria, el número, función profesional y modalidad que se especifica en la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en la citada Orden de 16 de junio de 2014 del Consejero de Economía y Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 155, de 2 de julio de 2014, página 8) y en el artículo 10 apartado Catorce 6 de la Ley 7/2005, de 23 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 311, de 30 de diciembre), actualizada según la Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid. En el actual contexto geopolítico, se hace imprescindible reforzar las capacidades técnicas de la Administración mediante la incorporación de perfiles que den apoyo en las áreas estratégicas que conforman la Agencia, para que ésta pueda garantizar tanto la innovación como la protección de los sistemas de información públicos. BOCM-20260714-12 12

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/14/BOCM-20260714-12.PDF
