# Régimen económico. Distrito de Carabanchel. Extracto convocatoria subvenciones

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-15
- **Organismo:** Madrid
- **Identificador oficial:** BOCM-20260715-79
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-15/regimen-economico-distrito-carabanchel-extracto-convocatoria-subvenciones-NyrYBO
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/15/BOCM-20260715-79.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 400 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 15 DE JULIO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 167 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 79 MADRID RÉGIMEN ECONÓMICO Extracto del Decreto de 15 de junio de 2026, del concejal-presidente del Distrito de Carabanchel, por el que se aprueban las bases que han de regir la II convocatoria del Certamen de Fotografía del Distrito de Carabanchel 2026 “CLIC 11” (914202). De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ): Primero. Requisitos de las obras y de las personas participantes.—Requisitos de las personas participantes. a) Podrán participar en esta convocatoria, personas físicas, mayores de edad en el momento de presentar las obras, siempre de forma individual y en nombre propio. b) De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, no podrán obtener la condición de beneficiario del premio si concurren en alguna de las circunstancias enumeradas en el citado artículo. c) Deberán encontrarse al corriente de pago en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones en la forma establecida en el artículo 33 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismo Públicos. d) En el supuesto de que la persona solicitante no autorice la verificación de los datos mencionados, deberá aportar la correspondiente certificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 22.4 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Requisitos de las obras: a) Cada participante podrá concurrir con una obra. Las obras deberán ser originales y no podrán haber sido premiadas en ningún otro certamen. b) Las fotografías podrán ser en color o en blanco y negro. La presentación a concurso se realizará exclusivamente en formato digital. c) El formato de las fotografías será en formato JPG, 30 × 40 cm, 1772 × 2362 píxeles, no superando nunca 2MB de capacidad. Cualquier fotografía que supere esta capacidad no será admitida a concurso. d) Las fotografías presentadas podrán estar editadas con programas de edición y retoque fotográfico con el objetivo de mejorar o corregir valores de brillo, color o contraste. En ningún caso se admitirán trabajos con una alteración consistente e inverosímil de la realidad. No se aceptarán fotomontajes, collages, ni técnicas de pintura sobre imágenes, ni fotografías elaboradas mediante aplicaciones de Inteligencia Artificial, asimismo no se permite fotografías con la utilización de drones o aéreas desde avionetas o similares. Las obras que lleven la firma de autoría, o distintivos identificativos o marcas de agua, tampoco serán aceptadas. En este sentido, se podrá solicitar a los/las participantes que se faciliten los archivos originales sin alterar para verificar el grado y tipo de modificación. e) Es imprescindible poner título a la obra presentada, así mismo es imprescindible que el fichero de la fotografía esté nombrado con el mismo título para facilitar su identificación. No deberá aparecer el nombre del autor en el nombre del fichero de la fotografía. Podrán ser descartados los trabajos que no se ajusten a esta norma. BOCM-20260715-79 Distrito de Carabanchel

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/15/BOCM-20260715-79.PDF
