# Convenio – Convenio de 19 de junio de 2026, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, el Ayuntamiento de Alcobendas, el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes y la Fundación Santa María la Real del Patrimonio Histórico, para el desarrollo del “Programa Salvia-Mujer, generación de conocimiento y buenas prácticas para la atención de mujeres mayores en situación de vulnerabilidad”

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-17
- **Organismo:** D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES
- **Identificador oficial:** BOCM-20260717-56
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-17/convenio-convenio-19-junio-2026-comunidad-madrid-traves-consejeria-familia-juventud-asuntos-sociales-ayuntamiento-alcobendas-N163yb
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/17/BOCM-20260717-56.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 169 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID VIERNES 17 DE JULIO DE 2026 Pág. 311 I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales 56 CONVENIO de 19 de junio de 2026, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, el Ayuntamiento de Alcobendas, el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes y la Fundación Santa María la Real del Patrimonio Histórico, para el desarrollo del “Programa Salvia-Mujer, generación de conocimiento y buenas prácticas para la atención de mujeres mayores en situación de vulnerabilidad”. REUNIDOS De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid. De otra parte, la Ilma. Sra. D.a Rocío Sara García Alcántara, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Alcobendas, elegida por Acuerdo del Pleno de 17 de junio de 2023, en nombre y representación del citado Ayuntamiento en virtud de su cargo y las facultades que le otorgan los artículos 21.1.b) y 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de las atribuciones que le confiere el artículo 30.1.a) de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid. De otra parte, la Ilma. Sra. D.a Lucía Soledad Fernández Alonso, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, elegida por Acuerdo del Pleno de fecha 17 de junio de 2023, en nombre y representación del citado Ayuntamiento, en virtud de su cargo y de las facultades que le otorga los artículos 21.1.b) y 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de las atribuciones que le confiere el artículo 30.1.a) de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid. Y de otra, D. Álvaro Retortillo Osuna y D. José Luis Vélez Unquera, actuando mancomunadamente en nombre y representación de la Fundación Santa María la Real del Patrimonio Histórico, fundación cultural privada de promoción con carácter de benéfica, provista de C.I.F. G-34147827 y domicilio social en Monasterio Santa María la Real de 34800-Aguilar de Campoo, Palencia, en virtud de las competencias atribuidas a su favor en escritura pública de poder otorgada en Herrera de Pisuerga el día 1 de abril de 2022 ante el Notario del Ilustre Colegio Notarial de Castilla y León Don José Ángel Ramírez Díaz con el número 148 de su protocolo e inscrita en el Registro de Fundaciones Culturales del Ministerio de Justicia, al número 240CUL, de Cultura. Las Partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio, y a tal efecto, I. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 26.1.23 de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, la Comunidad de Madrid, en los términos establecidos en dicho Estatuto, tiene competencia exclusiva en la promoción y ayuda a la tercera edad, emigrantes, minusválidos y demás grupos sociales necesitados de especial atención, incluida la creación de centros de protección, reinserción y rehabilitación. II. Que la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, establece como función principal del Sistema Público de Servicios Sociales la de asegurar a las personas el derecho a vivir dignamente durante todas las etapas de la vida, siendo su finalidad favorecer la integración social, la igualdad de oportunidades, la autonomía personal, la convivencia familiar, la participación social y el bienestar social de todas BOCM-20260717-56 MANIFIESTAN

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/17/BOCM-20260717-56.PDF
