# Organización y funcionamiento. Delegación funciones

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-17
- **Organismo:** Pozuelo de Alarcón
- **Identificador oficial:** BOCM-20260717-75
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-17/organizacion-funcionamiento-delegacion-funciones-5OPApY
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/17/BOCM-20260717-75.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 169 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID VIERNES 17 DE JULIO DE 2026 Pág. 359 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 75 POZUELO DE ALARCÓN Por medio de la presente le comunico que la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el 1-7-2026, al punto 2 “Propuesta de acuerdo de modificación parcial del acuerdo de delegación de competencias de la Junta de Gobierno Local.—Expediente OAJ/2026/80” ha adoptado el siguiente acuerdo: “Vista la propuesta de la Alcaldesa de Pozuelo de Alarcón, de 30 de junio de 2026, que se transcribe: Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 18 de febrero de 2026, se procedió a delegar competencias de la Junta de Gobierno Local en los Titulares de las Áreas de Gobierno y Concejales-Delegados, así como en los Titulares de las Direcciones Generales según la estructura aprobada por la Alcaldesa-Presidenta por Decreto de 2 de febrero de 2026. En consecuencia, el citado modelo organizativo y competencial de la estructura del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón motivó la adecuación de las competencias asignadas a los distintos órganos ejecutivos del Ayuntamiento a las citadas previsiones, por lo que, se aprobó el vigente Acuerdo de Delegación de Competencias de la Junta de Gobierno Local, que tuvo por objeto reordenar las delegaciones de competencias efectuadas hasta ahora por la Junta de Gobierno. Para la completa adecuación de las competencias asignadas a los distintos órganos ejecutivos del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón al nuevo modelo organizativo, el presente Acuerdo tiene por objeto modificar las delegaciones de competencias efectuadas hasta ahora por la Junta de Gobierno. Por lo anteriormente expuesto, se propone que por la Junta de Gobierno Local se acuerde: Primero.—Modificar la delegación de competencias: — Añadir, de conformidad con lo previsto en el artículo 127.2 de la LRBRL, las competencias atribuidas al Titular de la Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo de la Ciudad en el Acuerdo de Delegación de Competencias vigente, en el ámbito de los asuntos correspondientes a Medio Ambiente, que quedarán redactadas de la siguiente forma: 10. En materia de intervención municipal en actos de uso del suelo y edificación se delega con carácter general la concesión de cualquier tipo de licencia en materia urbanística directamente relacionado con Medio Ambiente y en concreto las licencias de tala, poda y trasplante no afectados por licencias urbanísticas de edificación y uso del suelo, cuando corresponda a la Junta de Gobierno Local su otorgamiento por no estar atribuida expresamente a otro órgano por la legislación sectorial, siempre sin perjuicio de las demás intervenciones públicas exigibles por la legislación que les afecte. La totalidad de las referencias a licencias urbanísticas deberán entenderse referidas a todos los efectos, al título habilitante de naturaleza urbanística que corresponda conforme a la legislación urbanística. Asimismo, se delega la autorización en materia de quema para eliminación de residuos combustibles, restos vegetales y adopción de medidas preventivas. — Modificar, las competencias que se detallan a continuación, delegadas en la Titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Digitalización por acuerdo de Junta de Gobierno Local de 18 de febrero de 2026: d IV. En el ámbito de los asuntos correspondientes a Recursos Humanos, Formación, Régimen Interior y Prevención corresponde a la Titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Digitalización: 7 bis. Aprobar las listas provisionales y definitivas de admitidos y excluidos de los procesos de selección de funcionarios y de personal laboral, así como de BOCM-20260717-75 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/17/BOCM-20260717-75.PDF
