# Régimen económico. Padrón fiscal

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-17
- **Organismo:** Villalbilla
- **Identificador oficial:** BOCM-20260717-82
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-17/regimen-economico-padron-fiscal-GamDJg
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/17/BOCM-20260717-82.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 169 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID VIERNES 17 DE JULIO DE 2026 Pág. 369 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 82 VILLALBILLA RÉGIMEN ECONÓMICO BOCM-20260717-82 Aprobado por la Sra. concejal-delegada de Hacienda, Contratación, Subvenciones, Medioambiente, Sostenibilidad y Parques y Jardines, en fecha 7 de julio de 2026, para el Impuesto sobre Actividades Económicas 2026 y en fecha 8 de julio de 2026 para el Impuesto sobre Bienes Inmuebles Rústica 2026, queda expuesto al público en el Servicio de Recaudación Municipal de este Ayuntamiento, el padrón relativo al Impuesto de Bienes Inmuebles de naturaleza Rústica 2026 y el relativo al Impuesto sobre Actividades Económicas referido al ejercicio 2026. La cobranza tendrá lugar en período voluntario en las siguientes fechas: — Para los recibos no domiciliados, desde el 1 de octubre de 2026 y finalizara el 1 de diciembre de 2026. — Para los recibos domiciliados, e1 1 de diciembre de 2026, aplicándose una bonificación del 2 %. Terminado el período voluntario de pago se iniciará el período ejecutivo, que determinará el devengo de los intereses de demora y de los recargos del período ejecutivo, en los términos establecidos en los artículos 26 y 28, de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. La exposición pública tiene los efectos de notificación colectiva de los padrones y datos consignados en los mismos, a cada uno de los sujetos pasivos. Contra el acto de aprobación y de las liquidaciones, puede formularse Recurso de Reposición ante el Alcalde-Presidente, previo al recurso contencioso-administrativo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de finalización de su exposición pública, lo cual no obsta a la ejecutividad recaudatoria de los padrones. Dicho padrón se expondrá al público, por el plazo reglamentario de quince días. En Villalbilla, a 9 de julio de 2026.—El secretario general, Alfredo Carrero Santamaría. (01/11.521/26) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791

## Fuente

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Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/17/BOCM-20260717-82.PDF
