# Convenio – Adenda segunda de 3 de junio de 2026, de prórroga y modificación del convenio interadministrativo entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y el Ayuntamiento de Madrid (Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad) sobre equipos de orientación educativa y psicopedagógica de atención temprana y escolarización de alumnado con necesidades educativas especiales

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-18
- **Organismo:** D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES
- **Identificador oficial:** BOCM-20260718-20
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-18/convenio-adenda-segunda-3-junio-2026-prorroga-modificacion-convenio-interadministrativo-comunidad-madrid-consejeria-educacion-ciencia-universidades-5KPxEJ
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/18/BOCM-20260718-20.PDF

## Contenido

BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID B.O.C.M. Núm. 170 SÁBADO 18 DE JULIO DE 2026 Pág. 289 I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Educación, Ciencia y Universidades 20 ADENDA segunda de 3 de junio de 2026, de prórroga y modificación del convenio interadministrativo entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y el Ayuntamiento de Madrid (Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad) sobre equipos de orientación educativa y psicopedagógica de atención temprana y escolarización de alumnado con necesidades educativas especiales. REUNIDOS De una parte, Dña. Mercedes Zarzalejo Carbajo, Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, en nombre y representación de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid, en virtud de su nombramiento mediante Decreto 7/2026, de 16 de febrero, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, y conforme a lo previsto en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid. De otra parte, D. José Fernández Sánchez, Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, en nombre y representación del Ayuntamiento de Madrid, nombrado mediante Decreto de Alcaldía de 17 de junio de 2023, y en virtud de lo previsto en los artículos 14.3.k) y m) y 14.4 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid y el artículo 3.1.8 del Acuerdo de 29 de junio de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad. Ambas partes tienen y acreditan la capacidad legal necesaria para formalizar la presente adenda al convenio y MANIFIESTAN El 1 de septiembre de 2022 se suscribió por ambas partes un convenio interadministrativo sobre equipos de orientación educativa y psicopedagógica de atención temprana y atención a alumnos con necesidades educativas especiales con vigencia hasta el 31 de agosto de 2024, que puede prorrogarse por un período adicional de hasta cuatro años, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.h) 2.o de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, y cuyo contenido podrá ser modificado, mediante acuerdo expreso de las partes. Con fecha 20 de julio de 2024 se tramitó una adenda de prórroga y modificación con vigencia hasta el 31 de agosto de 2026. Ambas partes consideran que debe procederse a una nueva prórroga y modificación inicial de dicho convenio hasta el 31 de agosto de 2028, con el objetivo de conseguir una mejor eficacia administrativa, a cuyo efecto Primera Prórroga del convenio Se prorroga el convenio interadministrativo entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid sobre equipos de orientación educativa y psicopedagógica de atención temprana y escolarización de alumnado con necesidades educativas especiales, suscrito en fecha 1 de septiembre de 2022, durante el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2026 y el 31 de agosto de 2028. BOCM-20260718-20 ACUERDAN

## Fuente

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Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/18/BOCM-20260718-20.PDF
