# Convenio – Convenio interadministrativo de 29 de mayo de 2026, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Aranjuez para la prevención y control del absentismo escolar

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-18
- **Organismo:** D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES
- **Identificador oficial:** BOCM-20260718-16
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-18/convenio-convenio-interadministrativo-29-mayo-2026-comunidad-madrid-ayuntamiento-aranjuez-prevencion-control-absentismo-escolar-5OPAv9
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/18/BOCM-20260718-16.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 170 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID SÁBADO 18 DE JULIO DE 2026 Pág. 229 I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Educación, Ciencia y Universidades 16 CONVENIO interadministrativo de 29 de mayo de 2026, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Aranjuez para la prevención y control del absentismo escolar. REUNIDOS De una parte, Jesús Manso Ayuso, Director General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid. De otra, D. Miguel Gómez Herrero, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Aranjuez. INTERVIENEN El primero, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, actuando por delegación del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, en virtud de la Orden 365/2024, de 13 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones. El segundo, en nombre y representación del Ayuntamiento de Aranjuez, en virtud de lo previsto en el artículo 25.2 n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. De conformidad con el artículo 135.2 a) de la Ley de Administración Local de la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de Aranjuez autoriza la suscripción del presente Convenio, según Junta Gobierno Local de veintinueve de enero de 2026. En virtud de la capacidad jurídica necesaria que tienen y acreditan para formalizar el presente Convenio de Colaboración, La Constitución Española de 1978 establece el derecho a la educación para todos los españoles en su artículo 27 y encomienda a los poderes públicos que promuevan las condiciones y remuevan los obstáculos para que este derecho sea disfrutado en condiciones de igualdad por todos los ciudadanos. En este sentido, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (“Boletín Oficial del Estado” de 4 de mayo), establece el carácter obligatorio y gratuito de la enseñanza básica, que comprende las etapas de educación primaria, educación secundaria obligatoria y los ciclos formativos de grado básico. Asimismo, ha dispuesto que las Administraciones Educativas desarrollen medidas de acción positiva, orientadas a apoyar el acceso y permanencia en el sistema educativo de los grupos más desfavorecidos. Dentro de estos grupos, destaca el de los perceptores de la prestación económica denominada renta mínima de inserción, obligados por la Ley 15/2001, de 27 de diciembre, de Renta Mínima de Inserción en la Comunidad de Madrid, a escolarizar y garantizar la asistencia continuada y permanente a los centros escolares de los menores durante la etapa educativa obligatoria. A su vez, el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, señala como competencia del municipio, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, la participación en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria. Por su parte, la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, determina que las corporaciones locales cooperarán con las Administraciones educativas competentes, en el marco de lo establecido por la legislación vigente y, en su caso, en los términos que se acuerden con ellas, en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria. BOCM-20260718-16 MANIFIESTAN

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/18/BOCM-20260718-16.PDF
