# Carta de servicios – Orden 1942/2026, de 2 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se actualizan anexos de la Orden 2372/2023, de 25 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-20
- **Organismo:** C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES
- **Identificador oficial:** BOCM-20260720-24
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-20/carta-servicios-orden-19422026-2-julio-consejeria-familia-juventud-asuntos-sociales-que-actualizan-anexos-orden-23722023-5j9mxP
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/20/BOCM-20260720-24.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 98 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID LUNES 20 DE JULIO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 171 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales 24 ORDEN 1942/2026, de 2 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se actualizan anexos de la Orden 2372/2023, de 25 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid. BOCM-20260720-24 La presente Orden se dicta en base a la Memoria Justificativa, aprobada por el Director General de Servicios Sociales e Integración con fecha 19 de junio de 2026. La Cartera de Servicios Sociales constituye una herramienta de importancia capital para la información y la seguridad de la población madrileña en general, como usuaria potencial de los servicios sociales, y para quienes son ya usuarios del Sistema Público de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid. Y no menos importante resulta para los profesionales de dicho sistema, que podrán acceder al conjunto de las prestaciones de manera sencilla y ágil, puesto que, además, la Cartera de Servicios Sociales se integra en el entorno digital de la Historia Social Única y se constituye como uno de sus principales instrumentos. Esta Cartera deberá mantenerse actualizada para recoger la creación, modificación de las prestaciones o las variaciones en su composición, con el fin de asegurar, por un lado, su adecuación a las necesidades de la población madrileña y, por otro, una información fiable a usuarios, profesionales y ciudadanía en general. En este sentido, el apartado sexto del artículo 28 de la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, prevé que “La consejería competente en materia de servicios sociales podrá aprobar mediante orden de su titular las modificaciones de las prestaciones en la Cartera de Servicios que no supongan alteración significativa en la configuración esencial del Catálogo”. En consonancia con esta previsión, el artículo 16.1 de la Orden 2372/2023, de 25 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, indica que: “La consejería competente en materia de servicios sociales mantendrá actualizada la Cartera de Servicios Sociales, mediante Orden de su titular”. Por otra parte, el artículo 12.1 de la citada Orden 2372/2023, de 25 de julio, prevé la posibilidad de incorporar, como anexos a la misma, “información correspondiente a prestaciones de naturaleza social, provistas por consejerías distintas de la competente en materia de servicios sociales, en particular de las competentes en las materias de sanidad, educación, empleo, vivienda y justicia, con la conformidad de las mismas”. La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales es competente para dictar la presente Orden, de acuerdo con lo establecido en el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y conforme a lo dispuesto en el artículo 1.1 del Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales modificado por el Decreto 107/2024, de 4 de diciembre. En virtud de lo expuesto y previa memoria de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración,

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/20/BOCM-20260720-24.PDF
