# Urbanismo. Expropiación

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-20
- **Organismo:** Cubas de la Sagra
- **Identificador oficial:** BOCM-20260720-67
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-20/urbanismo-expropiacion-nm93Pp
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/20/BOCM-20260720-67.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 171 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID LUNES 20 DE JULIO DE 2026 Pág. 503 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 67 CUBAS DE LA SAGRA URBANISMO BOCM-20260720-67 El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Cubas de la Sagra, en sesión celebrada el día 22 de junio de 2026, aprobó por ocho votos a favor (PP), y tres abstenciones (PSOE), el siguiente acuerdo, entre otros, de desestimar las alegaciones presentadas y aprobar definitivamente el proyecto de expropiación forzosa por el procedimiento de tasación conjunta de los bienes y derechos incluidos en el Sector S-11, correspondientes a los propietarios no adheridos a dicha Junta de Compensación: Primero.—Desestimar las alegaciones presentadas por D.a Berta Gallego Fernández Burgos y D.a Clara Teresa Gallego Wood, en relación con el expediente de expropiación de los bienes y derechos de los propietarios no adheridos a la Junta de Compensación del Sector S-11, por los motivos expresados en el informe de los Servicios Técnicos, de fecha 10 de junio de 2026 y en el informe de los Servicios Jurídicos, de fecha 11 de junio de 2026. Segundo.—Aprobar definitivamente el proyecto de expropiación por tasación conjunta de los bienes y derechos incluidos en el Sector S-11 de los propietarios no adheridos a dicha Junta de Compensación. Tercero.—Publicar el presente acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Cuarto.—Notificar el presente acuerdo a los interesados propietarios y titulares de bienes y derechos que figuran en el expediente, confiriéndoles un término de veinte días durante el cual podrán manifestar por escrito su disconformidad con la valoración establecida. Si los interesados no formularen oposición en el citado plazo, se entenderá aceptada. Quinto.—Trasladar el expediente al Jurado Territorial de Expropiación Forzosa de la Comunidad de Madrid para la fijación del justiprecio en caso de que los interesados manifiesten su disconformidad. Contra el citado acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer de forma potestativa recurso de reposición ante el Pleno de este Ayuntamiento en el plazo de un (1) mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Alternativamente, se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid (o Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid), en el plazo de dos (2) meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho. En Cubas de la Sagra, a 25 de junio de 2026.—El alcalde-presidente, Antonio Naranjo Martín. (02/10.675/26) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/20/BOCM-20260720-67.PDF
