# Bases ayudas – Orden 2761/2026, de 13 de julio, del Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la adquisición de medios materiales previstas en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 23 de diciembre de 2025, por el que se aprueba el Programa de Apoyo a las Policías Locales de la Comunidad de Madrid para los años 2026 a 2029

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-21
- **Organismo:** C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112
- **Identificador oficial:** BOCM-20260721-10
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-21/bases-ayudas-orden-27612026-13-julio-consejero-medio-ambiente-agricultura-e-interior-que-establecen-bases-reguladoras-concesion-ayudas-Gxd118
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/21/BOCM-20260721-10.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 50 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MARTES 21 DE JULIO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 172 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior AGENCIA DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS MADRID 112 ORDEN 2761/2026, de 13 de julio, del Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la adquisición de medios materiales previstas en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 23 de diciembre de 2025, por el que se aprueba el Programa de Apoyo a las Policías Locales de la Comunidad de Madrid para los años 2026 a 2029. La Comunidad de Madrid tiene atribuida en el artículo 26.1.28 del Estatuto de Autonomía la competencia exclusiva de coordinación de las policías locales incluidas en su territorio, según la extensión determinada en el artículo 39 de la Ley Orgánica 1/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. En desarrollo de dicha competencia, la Comunidad de Madrid ha proporcionado un marco normativo a los distintos municipios que disponen de un Cuerpo de Policía Local constituido con la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid y el Decreto 210/2021, de 15 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid. Con la finalidad de aportar un marco de referencia y orientación de actuaciones en materia de seguridad se ha aprobado, por Orden 4933/2025 de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, la Estrategia de Seguridad Integral en la Comunidad de Madrid (ESICAM179) para los años 2026-2029, en adelante ESICAM179 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de diciembre de 2025). Dentro de las medidas contenidas en dicha estrategia se contempla como medida número 2 subvenciones para la mejora de la dotación de medios materiales de Cuerpos de policía local. En desarrollo de dicha medida se adopta el nuevo Acuerdo de 23 de diciembre de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el programa de apoyo a las policías locales de la Comunidad de Madrid para los años 2026 a 2029 y se autoriza el otorgamiento de la subvención por concesión directa para gastos de personal, que deriva del anterior programa de apoyo a las policías locales de la Comunidad de Madrid para los años 2020 a 2024 y que fue prorrogado en 2025. Como eje número 2 del nuevo Programa se contemplan las ayudas para la compra de material destinado a las policías locales que se articulará mediante la compra, por parte de los ayuntamientos destinatarios, de material destinado a los cuerpos de policía local participantes en el programa, en cumplimiento de los objetivos establecidos en el mismo. Al considerar más eficaz que los propios ayuntamientos beneficiarios del programa realicen las compras de materiales, ya que al adquirir menores volúmenes hay más posibilidades de abastecerse, se estima que estas ayudas deben otorgarse en efectivo. Asimismo, por Orden 4621/2025 de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, se modifican las líneas 1 y 2 del Anexo II del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para el período 2024-2027, aprobado mediante orden 396/2024, de 2 de febrero. Ambas líneas requieren dicha modificación debido fundamentalmente a la aprobación de un nuevo programa para los ejercicios 2026-2029 y a la aprobación de unas nuevas bases reguladoras para la subvención de medios materiales con destino los ayuntamientos a partir de 2026. Para garantizar los principios de objetividad, concurrencia, publicidad, transparencia e igualdad en la concesión de las subvenciones objeto del Plan Estratégico de Subvenciones, es preciso establecer las bases reguladoras de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 6 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, así como la obligación impuesta en el apartado decimocuarto, número 1 del citado Acuerdo de 23 de diciembre de 2025 del Consejo de Gobierno que aprueba el Programa. Esta Orden se adecua a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Admi- BOCM-20260721-10 10

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/21/BOCM-20260721-10.PDF
