# Convenio – Adenda de 25 de junio de 2026, al convenio de colaboración en materia de educación infantil suscrito entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y el Ayuntamiento de Leganés

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-21
- **Organismo:** D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES
- **Identificador oficial:** BOCM-20260721-35
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-21/convenio-adenda-25-junio-2026-convenio-colaboracion-materia-educacion-infantil-suscrito-comunidad-madrid-consejeria-educacion-ciencia-universidades-524l2j
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/21/BOCM-20260721-35.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 134 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MARTES 21 DE JULIO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 172 I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Educación, Ciencia y Universidades 35 ADENDA de 25 de junio de 2026, al convenio de colaboración en materia de educación infantil suscrito entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y el Ayuntamiento de Leganés. REUNIDOS De una parte, José Ignacio Martín Blasco, Director General de Educación Infantil, Primaria y Especial, nombrado por Decreto 20/2026, de 4 de marzo, del Consejo de Gobierno, en representación de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, en virtud de la delegación para la firma de convenios que le ha sido conferida por el titular de la Consejería, mediante Orden 365/2024, de 13 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de febrero de 2024), a quien le corresponde la facultad de suscribir convenios de colaboración según lo establecido en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 3 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid. De otra, Miguel Ángel Recuenco Checa, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Leganés, de conformidad con lo dispuesto en el 21.1 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 135.2 de la precitada la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, y en virtud de su nombramiento como Alcalde de este Ayuntamiento, efectuado por Pleno del 17 de junio de 2023 (municipio gran población: de conformidad con lo dispuesto en el 124.4 a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril). Ambas partes se reconocen la competencia legal necesaria para formalizar la presente adenda de modificación y, en su virtud EXPONEN En fecha 29 de agosto de 2024, se suscribió entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Leganés, un convenio de colaboración en materia de Educación Infantil con vigencia hasta el 31 de agosto de 2025, previéndose en la cláusula undécima la posibilidad de prórroga, con las limitaciones temporales establecidas en el artículo 49 h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, mediante la suscripción de adendas en las que podrán incluirse nuevos centros y servicios, y en las que se concretarán los compromisos y las aportaciones económicas que cada Administración asumirá durante el correspondiente curso escolar. En consecuencia, y de conformidad con los expuesto, ambas partes 1. Mantener en el curso escolar 2026-2027 el funcionamiento de los centros y servicios que se indican a continuación: — Escuela Infantil La Fortuna. — Escuela Infantil Jeromín. — Escuela Infantil El Rincón Infantil. — Escuela Infantil Dulcinea. — Escuela Infantil Las Flores de la Fortuna. — Escuela Infantil Koala. — Escuela Infantil Primeros Pasos. — Escuela Infantil Rosa Caramelo. — Casa de Niños Aventuras. BOCM-20260721-35 ACUERDAN

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/21/BOCM-20260721-35.PDF
