# Plan especial infraestructuras – Acuerdo 49/2026, de 25 de junio, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación definitiva del “Plan Especial de Infraestructuras (PEI-PFOT-195) referente a las plantas solares fotovoltaicas de Abeto Solar, Grillete Solar, Goleta Solar y Cerezo Solar y las subestaciones eléctricas y líneas asociadas”, en los términos municipales de Loeches, Pozuelo del Rey, San Fernando de Henares, Torres de la Alameda, Valverde de Alcalá y Villalbilla, promovido por Ignis Desarrollo, S. L.

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-22
- **Organismo:** D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR
- **Identificador oficial:** BOCM-20260722-51
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-22/plan-especial-infraestructuras-acuerdo-492026-25-junio-comision-urbanismo-madrid-relativo-aprobacion-definitiva-plan-especial-infraestructuras-pei-pfot-195-referente-nYPzeQ
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/22/BOCM-20260722-51.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 173 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 22 DE JULIO DE 2026 Pág. 187 I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior 51 ACUERDO 49/2026, de 25 de junio, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación definitiva del “Plan Especial de Infraestructuras (PEI-PFOT-195) referente a las plantas solares fotovoltaicas de Abeto Solar, Grillete Solar, Goleta Solar y Cerezo Solar y las subestaciones eléctricas y líneas asociadas”, en los términos municipales de Loeches, Pozuelo del Rey, San Fernando de Henares, Torres de la Alameda, Valverde de Alcalá y Villalbilla, promovido por Ignis Desarrollo, S. L. La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 25 de junio de 2026, a propuesta de la Dirección General de Urbanismo de 18 de junio de 2026, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, ha adoptado el siguiente ACUERDO Primero Estimar y desestimar las alegaciones presentadas durante el trámite de información pública en los términos y con base en los argumentos recogidos en los informes técnico y jurídico emitidos por la Dirección General de Urbanismo. Segundo Aprobar definitivamente el “Plan Especial de Infraestructuras (PEI-PFOT-195) referente a las plantas solares fotovoltaicas de Abeto Solar, Grillete Solar, Goleta Solar y Cerezo Solar y las subestaciones y líneas asociadas”, en los términos municipales de Loeches, Pozuelo del Rey, San Fernando de Henares, Torres de la Alameda, Valverde de Alcalá y Villalbilla, promovido por Ignis Desarrollo, S. L., de conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57, 59 y 62.2 de la citada Ley. Tercero Dar traslado al Registro de Planes de Ordenación Urbanística de la Comunidad de Madrid de un ejemplar completo del Plan Especial aprobado para que proceda de oficio a su inscripción, en base a lo establecido por el artículo 65.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. Cuarto Quinto Dar traslado del acuerdo al promotor y a los municipios afectados para su conocimiento y efectos oportunos. Madrid, a 25 de junio de 2026.—El Secretario General Técnico, Secretario de la Comisión de Urbanismo, Manuel Miguel Beceiro Garat. (02/11.078/26) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791 BOCM-20260722-51 Una vez inscrito en el Registro de Planes de Ordenación Urbanística, publicar el presente acuerdo, así como el contenido íntegro del plan en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en los términos previstos en el artículo 66.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 32 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental. Así mismo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, debe de quedar garantizada la información a que hacen referencia los artículos 16 y 26 de la misma.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/22/BOCM-20260722-51.PDF
