# Urbanismo. Expropiación

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-22
- **Organismo:** Navalcarnero
- **Identificador oficial:** BOCM-20260722-71
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-22/urbanismo-expropiacion-nm94xK
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/22/BOCM-20260722-71.PDF

## Contenido

BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 224 MIÉRCOLES 22 DE JULIO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 173 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 71 NAVALCARNERO URBANISMO En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, se hace público que la Junta de Gobierno Local, en sesión extraordinaria celebrada el día 2 de julio de 2026, adoptó acuerdo para someter a información pública, la siguiente relación de bienes y derechos a expropiar por el incumplimiento de las obligaciones económicas de propietario para con la Junta de Compensación del Sector II-6 “Barrio Caño Viejo” del P. G. O. U. del municipio de Navalcarnero, que ha de ser expropiado de conformidad con lo establecido en la Ley 9/2001, el Real Decreto Legislativo 7/2015, la LEF y REF, a favor de la Junta de Compensación del Sector II-6, como beneficiaria: RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS DEL PROYECTO DE EXPROPIACIÓN DE LA JUNTA DE COMPENSACIÓN DEL SECTOR II-6 BARRIO “CAÑO VIEJO” DEL PGOU DE NAVALCARNERO N.º FINCAS EXPROPIADA 1 DATOS TITULARIDAD Núñez Rodríguez, Luis Miguel DATOS REGISTRALES 100 % del 10.680 pleno dominio con carácter privativo 5.000 DATOS CATASTRALES 4720624VK1642S0001MQ 6.587 SUPERFICIE SITUACIÓN SUPERFICIE TOTAL DE BÁSICA REAL (m²s) EXPROPIACIÓN DEL SUELO (m²s) 6.309,11 6.309,11 Rural BOCM-20260722-71 El período de información pública es de quince días, a contar desde el día siguiente de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Durante el mismo, se podrá examinar el expediente en el Departamento de Urbanismo de lunes a viernes de nueve a catorce horas, pudiendo presentarse en este plazo las alegaciones y los datos que consideren oportunos para rectificar posibles errores u oponerse, por razones de fondo o forma a la necesidad de ocupación de conformidad al artículo 19 de la LEF. Las alegaciones, observaciones y reclamaciones deberán de presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Navalcarnero o mediante la sede electrónica de la Corporación Local, de conformidad con los artículos 18 y siguientes de la LEF. Navalcarnero, a 13 de julio de 2026.—El alcalde-presidente, José Luis Adell Fernández. (02/11.826/26) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/22/BOCM-20260722-71.PDF
