# Convenio – Adenda de 25 de junio de 2026, de modificación del convenio de 11 de noviembre de 2024, entre la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en el entorno residencial de rehabilitación programada de “Distrito I y Húmera (Distrito II). Fase I”, en el municipio de Pozuelo de Alarcón, y se definen las obligaciones del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón como entidad colaboradora, dentro del Programa 1 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la unión europea, NextGenerationEU

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-23
- **Organismo:** D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS
- **Identificador oficial:** BOCM-20260723-33
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-23/convenio-adenda-25-junio-2026-modificacion-convenio-11-noviembre-2024-consejeria-vivienda-transportes-e-infraestructuras-ayuntamiento-N4p0zX
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/23/BOCM-20260723-33.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 376 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID JUEVES 23 DE JULIO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 174 I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras 33 ADENDA de 25 de junio de 2026, de modificación del convenio de 11 de noviembre de 2024, entre la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en el entorno residencial de rehabilitación programada de “Distrito I y Húmera (Distrito II). Fase I”, en el municipio de Pozuelo de Alarcón, y se definen las obligaciones del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón como entidad colaboradora, dentro del Programa 1 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la unión europea, NextGenerationEU. En Madrid, a 25 de junio de 2026. REUNIDOS De una parte, D.a María José Piccio-Marchetti Prado, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid en su calidad de Directora General de Vivienda y Rehabilitación, nombrada por Decreto 123/2021, de 30 de junio del Consejo de Gobierno, actuando en nombre y representación de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, por delegación de competencias del titular de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, en virtud de Orden de 27 de diciembre de 2023. De otra parte, D.a Paloma Tejero Toledo, en calidad de Alcaldesa de Pozuelo de Alarcón, en virtud de acuerdo adoptado en el Pleno Extraordinario de fecha 17 de junio de 2023, que actúa al amparo de lo establecido en el artículo 12.2 del Real Decreto 853/2021. Las partes, actuando con la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para la suscripción de la presente adenda, y en virtud de las facultades que tienen conferidas, I. Con fecha 11 de noviembre de 2024, se suscribió Convenio entre la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en el Entorno Residencial de Rehabilitación Programada de “Distrito I y Húmera (Distrito II). Fase I”, en el municipio de Pozuelo de Alarcón, y se definen las obligaciones del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón como entidad colaboradora, dentro del Programa 1 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGeneration-EU. II. El artículo 19 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, regula el plazo de ejecución y justificación de las actuaciones correspondientes a los Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP), estableciendo lo siguiente: “Las actuaciones objeto de financiación a través de este Programa deberán estar finalizadas antes del día 30 de junio de 2026. La documentación acreditativa de la finalización de las actuaciones y del cumplimiento del objeto de la subvención deberá ser aportada al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana con anterioridad al 31 de diciembre de 2026”. III. Asimismo, el artículo 4.7 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, en la redacción dada por el Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, dispone que “Excepcionalmente, en los programas 1, 2, 3 y 6, la comisión bilateral de seguimiento, en función del grado BOCM-20260723-33 EXPONEN

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/23/BOCM-20260723-33.PDF
