# Convocatoria proceso selectivo – Resolución de 15 de julio de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convocan pruebas selectivas por el turno de promoción interna para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Superior de Documentación Sanitaria, Grupo C, Subgrupo C1, del Servicio Madrileño de Salud

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-23
- **Organismo:** B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
- **Identificador oficial:** BOCM-20260723-16
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-23/convocatoria-proceso-selectivo-resolucion-15-julio-2026-direccion-general-recursos-humanos-relaciones-laborales-servicio-madrileno-salud-que-5Bam86
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/23/BOCM-20260723-16.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 290 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID JUEVES 23 DE JULIO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 174 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Sanidad SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD RESOLUCIÓN de 15 de julio de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convocan pruebas selectivas por el turno de promoción interna para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Superior de Documentación Sanitaria, Grupo C, Subgrupo C1, del Servicio Madrileño de Salud. Los sistemas de selección para el acceso a nombramientos de personal estatutario fijo se encuentran regulados en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud (en adelante Estatuto Marco), en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante TREBEP), en el Real DecretoLey 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, que se mantiene vigente con rango reglamentario en la Comunidad de Madrid. Las Instituciones Sanitarias del Servicio Madrileño de Salud (en adelante SERMAS) cuentan en la actualidad con las siguientes plazas básicas vacantes de personal estatutario de la categoría de Técnico Superior de Documentación Sanitaria que se corresponden con plazas incluidas en las Ofertas de Empleo Público de la Comunidad de Madrid correspondientes a los ejercicios 2023, 2024, 2025 y 2026, y que actualmente se encuentran pendientes de convocar, cuantificadas de la siguiente manera: — 3 plazas aprobadas por Decreto 54/2026, de 27 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta Pública de Empleo de la Comunidad de Madrid para el año 2026 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 125, de 28 de mayo de 2026). En este contexto, una vez obtenida la autorización de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, tal y como dispone el artículo 17 de la Ley 6/2025, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2026, procede convocar dichas plazas. En el marco de la reducción de la temporalidad en el que se encuentran actualmente las Administraciones Públicas, el baremo de méritos recogido en el Anexo II de la presente resolución recoge el sentido de la más reciente jurisprudencia en materia de procesos selectivos para el acceso al empleo público: La Sección 4.a de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en su Sentencia núm. 920/2023 de 5 julio, Recurso núm. 574/2022, dice: “En este sentido, el artículo 2.4 de la citada Ley señala que el sistema de selección será el de concurso-oposición, con una valoración en la fase de concurso de un cuarenta por ciento de la puntuación total, en la que se tendrá en cuenta mayoritariamente la experiencia en el cuerpo, escala, categoría o equivalente de que se trate. De modo que el acceso en condiciones de igualdad no se lesiona, y por tanto no resulta arbitraria ni discriminatoria la limitación impugnada sobre la valoración de los diez años, cuando el baremo incluye entre los méritos a tener en cuenta, no solo la valoración de la experiencia previa, sino también otras vertientes de la formación que demuestren de modo integral la idoneidad de los candidatos”. Por otro lado, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en sentencia de 21 de abril de 2023, se pronunció respecto a la diferente consideración de servicios en centros de gestión indirecta de la Comunidad de Madrid a través de empresas privadas. Acogiéndose a sentencias del Tribunal Supremo de 19 y 26 de marzo de 2014 falló que no cabe la equiparación de la experiencia privada y la prestada en un centro público: “y no lo son porque el fallo recurrido toma en consideración las características de la actividad sanitaria a que estuvo referida esa experiencia privada, pero no incluye ningún dato sobre que BOCM-20260723-16 16

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/23/BOCM-20260723-16.PDF
