# Disolución asociación – Resolución de 7 de julio de 2026, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre disolución de la asociación empresarial denominada Asociación Empresarial Madrileña de Ayuda a Domicilio, ASEMAD (número de depósito 28000514)

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-23
- **Organismo:** D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
- **Identificador oficial:** BOCM-20260723-29
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-23/disolucion-asociacion-resolucion-7-julio-2026-direccion-general-trabajo-consejeria-economia-hacienda-empleo-disolucion-asociacion-empresarial-5MPxgX
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/23/BOCM-20260723-29.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 174 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID JUEVES 23 DE JULIO DE 2026 Pág. 367 I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Economía, Hacienda y Empleo 29 RESOLUCIÓN de 7 de julio de 2026, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre disolución de la asociación empresarial denominada Asociación Empresarial Madrileña de Ayuda a Domicilio, ASEMAD (número de depósito 28000514). Visto el escrito de solicitud de disolución de las organizaciones sindicales y empresariales presentado por D. Juan Antonio Gómez Martin, en representación de la asociación empresarial denominada Asociación Empresarial Madrileña de Ayuda a Domicilio, ASEMAD y teniendo en cuenta los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO Primero Que se ha presentado certificación expedida por el Presidente de la Asociación, actuando en calidad de liquidador, relativa al acuerdo adoptado por la Asamblea General Extraordinaria y Universal, por unanimidad de sus miembros, mediante el cual se acuerda la disolución voluntaria de la entidad. En dicha certificación se hace constar expresamente que, a la fecha de adopción del referido acuerdo, la asociación carece de remanente patrimonial. La citada certificación fue elevada a escritura pública número 4.042, de fecha 5 de septiembre de 2024, autorizada por el Notario del Ilustre Colegio Notarial de Madrid, D. Javier de Lucas Cadenas. Asimismo, se adjunta también el cese de los titulares de los órganos de gobierno y representación. Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 17/6/2026 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 23/6/2026. Segundo : Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, reguladora del Derecho de Asociación Sindical y Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, que la desarrolla. A los anteriores Antecedentes, son de aplicación los siguientes: FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero Segundo Que del análisis de la documentación aportada, se comprueba que se ha cumplido el procedimiento de disolución de la Asociación establecido en el artículo 34 de los estatutos, así como en el artículo 10 del RD 416 /2015 de 29 de mayo, por lo que procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 13.3 de la citada disposición reglamentaria. Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo BOCM-20260723-29 Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en la Ley 19/1977 de 1 de abril, reguladora del Derecho de Asociación Sindical, Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril y Real Decreto 932/1995 de 9 de junio sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de Trabajo y demás disposiciones complementarias concordantes.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/23/BOCM-20260723-29.PDF
