# Régimen económico. Matrícula impuestos

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-23
- **Organismo:** Colmenar Viejo
- **Identificador oficial:** BOCM-20260723-54
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-23/regimen-economico-matricula-impuestos-nJPKvJ
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/23/BOCM-20260723-54.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 418 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID JUEVES 23 DE JULIO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 174 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 54 COLMENAR VIEJO RÉGIMEN ECONÓMICO BOCM-20260723-54 De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 243/95, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del impuesto sobre actividades económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho impuesto, la matrícula provisional del impuesto sobre actividades económicas correspondiente al año 2026 de este municipio estará a disposición del público en las oficinas de la Tesorería Municipal de este Ayuntamiento, durante el plazo de quince días a partir de la publicación de este anuncio en horario de atención al público (lunes a viernes, de 9:00 a 14:00). Contra la inclusión de un sujeto pasivo en la matrícula, así como la exclusión o la alteración de cualquiera de los datos a los que se refiere el apartado 2 del artículo 2.º del Real Decreto antedicho, puede interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, Delegación de Madrid en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día inmediato siguiente al del término del periodo de exposición pública de la matrícula, o reclamación económico administrativa en el mismo plazo ante el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid, sin que puedan interponerse simultáneamente ambos. La interposición de recursos no originará la suspensión de los actos liquidatorios subsiguientes, salvo que así lo acuerde el órgano administrativo competente de conformidad con el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Colmenar Viejo, a 15 de julio de 2026.—El alcalde-presidente, Carlos Blázquez Rodríguez. (01/11.916/26) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/23/BOCM-20260723-54.PDF
