# Ofertas de empleo. Oferta empleo público

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-24
- **Organismo:** Olmeda de las Fuentes
- **Identificador oficial:** BOCM-20260724-72
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-24/ofertas-empleo-oferta-empleo-publico-n3z97w
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/24/BOCM-20260724-72.PDF

## Contenido

BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID B.O.C.M. Núm. 175 VIERNES 24 DE JULIO DE 2026 Pág. 377 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 72 OLMEDA DE LAS FUENTES OFERTAS DE EMPLEO Por resolución de Alcaldía de fecha 25 de junio de 2026 de este Ayuntamiento, se aprobó la Oferta de Empleo Público correspondiente a la/s plaza/s que a continuación se reseñan para el año 2026. PERSONAL LABORAL CATEGORÍA LABORAL Organizaciones Profesionales OAP ESPECIALIDAD Jardinería N.º VACANTES 1 DENOMINACIÓN Operario Mantenimiento BOCM-20260724-72 En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Sr. alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho. Olmeda de las Fuentes, a 3 de julio de 2026.—La alcaldesa-presidenta, María Victoria Roldán Prieto. (03/11.998/26) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791

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Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/24/BOCM-20260724-72.PDF
