# Régimen económico. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Concesión subvenciones

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-24
- **Organismo:** Madrid
- **Identificador oficial:** BOCM-20260724-51
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-24/regimen-economico-area-gobierno-urbanismo-medio-ambiente-movilidad-concesion-subvenciones-56bvQp
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/24/BOCM-20260724-51.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 340 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID VIERNES 24 DE JULIO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 175 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 51 MADRID RÉGIMEN ECONÓMICO Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, por el que se resuelve la convocatoria pública de subvenciones para la renovación de instalaciones térmicas con tecnologías menos contaminantes, correspondiente a la anualidad 2025. De conformidad con el informe propuesta emitido por la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental con fecha 3 de julio de 2026, y con base en los siguientes. ANTECEDENTES DE HECHO FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero.—De conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 de la convocatoria, en la concesión de estas ayudas se ha seguido el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva previsto en el artículo 26.5 a) de la OBRGS, que no requiere órgano colegiado de valoración, y que establece la prelación de las solicitudes de acuerdo con la fecha de presentación, dentro del plazo limitado en la convocatoria. BOCM-20260724-51 Primero.—Mediante Decreto de 28 de marzo de 2025, del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, se aprobó la convocatoria pública de subvenciones para la renovación de instalaciones térmicas con tecnologías menos contaminantes, correspondiente a la anualidad 2025 (en adelante, convocatoria). El crédito destinado a esta convocatoria asciende a un millón ochocientos mil euros (1.800.000 euros). Las subvenciones que se concedan al amparo de la misma se imputarán a la aplicación presupuestaria 001/150/172.11/789.00 denominada “Otras transferencias de capital a familias” del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid. Segundo.—Mediante Resolución del Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental de 13 de mayo de 2026, publicada en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” (BOAM) número 10.127, de 18 de mayo de 2026, se propuso la relación provisional de beneficiarios de la convocatoria pública de subvenciones para la renovación de instalaciones térmicas de calefacción y climatización, 2025, y el importe de la ayudas correspondientes a cada una de ellas, previo informe de la Subdirección General de Energía y Cambio Climático de fecha 8 de mayo de 2026, otorgándose un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones. Tercero.—Con fecha 12 de junio de 2026 se publicó en el BOAM número 10.146, la propuesta del Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental, de 9 de junio de 2026, de resolución definitiva de la convocatoria pública de subvenciones para la renovación de instalaciones térmicas de calefacción y climatización, 2025, a la vista del informe de la Subdirección General de Energía y Cambio Climático de fecha 9 de junio de 2026. De acuerdo con lo establecido en el artículo 27.3 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos (OBRGS), y en el apartado 11.3 de la convocatoria, se considerará aceptada la concesión de la subvención si en un plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOAM, los beneficiarios no han manifestado su intención de renunciar a la subvención. Habiendo transcurrido el plazo indicado en el párrafo anterior, no se ha recibido manifestación de renuncia o desistimiento por parte de ningún interesado. A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/24/BOCM-20260724-51.PDF
