# Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-24
- **Organismo:** Mejorada del Campo
- **Identificador oficial:** BOCM-20260724-68
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-24/regimen-economico-extracto-convocatoria-subvenciones-GbZl3j
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/24/BOCM-20260724-68.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 370 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID VIERNES 24 DE JULIO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 175 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 68 MEJORADA DEL CAMPO RÉGIMEN ECONÓMICO Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 3 de julio de 2026, por el que se aprueban las bases y la convocatoria de subvenciones para la práctica del deporte en Mejorada del Campo. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/919239 ). 1. Beneficiarios: Grupo A: Entidades asociativas de naturaleza deportiva inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales con una antigüedad mínima de 1 año a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes cuya actividad a subvencionar esté dirigida a menores de edad. Grupo B: Entidades asociativas de naturaleza deportiva inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales con una antigüedad mínima de 1 año a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes cuya actividad a subvencionar este dirigida a mayores de edad. Grupo C: Entidades asociativas de naturaleza deportiva inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales con una antigüedad mínima de 1 año a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes cuya actividad a subvencionar sea destinada a sufragar los gastos obligatorios para competir en competiciones deportivas oficiales y mediante clasificación de nivel nacional o internacional. Grupo D: Personas empadronadas en el Municipio de Mejorada del Campo con una antigüedad mínima de 1 año a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. 2. Solicitudes.—las solicitudes y su documentación complementaria se presentarán según modelo normalizado que se incluye como Anexo a la convocatoria. 3. Plazo.—El plazo de presentación de solicitudes será para los Grupos A y B de 20 días hábiles computados desde la publicación de la convocatoria o extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. El plazo de presentación de solicitudes para el Grupo C y D será de 20 días hábiles computados desde la publicación de la convocatoria o extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 4. Lugar de presentación: Las solicitudes y su documentación complementaria, así como los restantes escritos y comunicaciones que deban formular los interesados durante el procedimiento subvencional, podrán presentarse en el registro electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento de Mejorada del Campo ( https://mejoradadelcampo.sedelectronica.es ) o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 5. Documentación a presentar: Requisitos: Grupos A, B y C. a) Documentos obligatorios: a) Estatutos, resolución de inscripción en el registro estatal o autonómico de asociaciones que corresponda y N.I.F. de la asociación. Estos documentos podrán ser sustituidos por el número de inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales, en cuyo caso serán recabados por el órgano tramitador. b) Certificado expedido por quien desempeñe la secretaría de la asociación y visado por su presidencia de la decisión de solicitar la subvención y de designa- BOCM-20260724-68 BDNS (Identif.): 919239

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/24/BOCM-20260724-68.PDF
