# Régimen económico. Padrón fiscal

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-24
- **Organismo:** Arroyomolinos
- **Identificador oficial:** BOCM-20260724-57
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-24/regimen-economico-padron-fiscal-Ngm2jx
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/24/BOCM-20260724-57.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 350 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID VIERNES 24 DE JULIO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 175 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 57 ARROYOMOLINOS RÉGIMEN ECONÓMICO Don Rubén Maireles López, concejal-delegado de Economía y Hacienda en el Ayuntamiento de Arroyomolinos (Madrid), según decreto de delegación número 2277/2024, de fecha 23 de septiembre de 2024, hace saber que el padrón del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, rústica y características especiales (BICE) del ejercicio 2026, se han aprobado mediante decretos números 3016/2026 y 3017/2026, de fecha 14 de julio de 2026 respectivamente, se exponen al público en el Departamento de Gestión Tributaria y Recaudación durante el plazo de quince días naturales a contar desde la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos de notificación colectiva prevista en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria. El período de pago voluntario será el comprendido entre el 1 de septiembre y el 30 de noviembre de 2026, y podrá hacerse efectivo en cualquier oficina de las Entidades Financieras Colaboradoras que a continuación se relacionan, en horario habitual de caja: Banco Sabadell, Banco Santander, BBVA, Unicaja, Cajamar, Ibercaja, Caixabank. Banca Pueyo. De conformidad con lo previsto en el artículo 8.3.a1 de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana, los umbrales a tener en cuenta en el presente ejercicio para la aplicación del tipo diferenciado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 72.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, son los siguientes: USO C- COMERCIAL E- CULTURAL G- OCIO Y HOSTELERIA UMBRALES VALOR CATASTRAL 245.720,77 10.047.042,02 2.601.051,25 I- INDUSTRIAL 190.416,38 O- OFICINA 136.403,90 BOCM-20260724-57 En el plazo de un mes, y con carácter potestativo, podrá presentarse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en los términos previstos en el artículo 14.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo), a contar desde la finalización del período de la exposición pública. Se advierte que, transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan. En Arroyomolinos, a 15 de julio de 2026.—El concejal-delegado de Economía y Hacienda, Transparencia y Comunicación, Rubén Maireles López. (01/11.931/26) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/24/BOCM-20260724-57.PDF
