# Convenio – Convenio de 25 de junio de 2026, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación de Ganaderos de Lidia de la Región de Madrid, para la promoción turística de las ganaderías de lidia de la Comunidad de Madrid como producto turístico de calidad y sostenible

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-25
- **Organismo:** D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE
- **Identificador oficial:** BOCM-20260725-19
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-25/convenio-convenio-25-junio-2026-comunidad-madrid-asociacion-ganaderos-lidia-region-madrid-promocion-turistica-5MPmK8
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/25/BOCM-20260725-19.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 176 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID SÁBADO 25 DE JULIO DE 2026 Pág. 153 I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Cultura, Turismo y Deporte 19 CONVENIO de 25 de junio de 2026, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación de Ganaderos de Lidia de la Región de Madrid, para la promoción turística de las ganaderías de lidia de la Comunidad de Madrid como producto turístico de calidad y sostenible. En Madrid, a 25 de junio de 2026. REUNIDOS De una parte, D.a Laura Martínez Cerro, en su calidad de Directora General de Turismo y Hostelería de la Comunidad de Madrid, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 26/2024, de 17 de abril, del Consejo de Gobierno y, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 291, de 7 de diciembre de 2023) por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, en su redacción vigente tras su modificación por los Decretos 22/2024, de 10 de abril, del Consejo de Gobierno y 16/2026, de 4 de marzo, del Consejo de Gobierno, así como, en el dispongo noveno de la Orden 550/2026, de 30 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y protocolos y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, en su relación con el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid. De otra parte, D. Raúl Tenorio Humanes, como representante de la Asociación de Ganaderos de Lidia de la Región de Madrid, con CIF G-01922830 y domicilio social en plaza Chica, número 5, 28891 Velilla de San Antonio, Madrid, en su condición de Presidente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de los Estatutos de la entidad y conforme al Acta de la Asamblea General Ordinaria celebrada el día 5 de mayo de 2025 y al certificado de la composición de la Junta Directiva emitido por la Secretaria de la Asociación con fecha 22 de julio de 2025. Actúan cada uno de ellos en la representación que ostentan reconociéndose mutuamente capacidad para obligarse mediante el presente Convenio y a tal efecto, I. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 26.1.1.21 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, corresponde a ésta la competencia exclusiva en materia de promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial. La Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid, en su Título III, Capítulo II, se refiere a la promoción del turismo como el conjunto de actividades y medios a través de los cuales la Consejería competente en materia de turismo favorece la demanda de servicios turísticos en la Comunidad de Madrid y apoya la comercialización de los productos turísticos regionales en el ámbito nacional e internacional. Entre las competencias que tiene atribuida la Dirección General de Turismo y Hostelería mediante el Decreto 264/2023 de 5 de diciembre del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, en su redacción vigente tras su modificación por los Decretos 22/2024, de 10 de abril, del Consejo de Gobierno y 16/2026, de 4 de marzo, del Consejo de Gobierno, están, entre otras, las de coordinación, fomento y planificación del sector y de la actividad turística y la sostenibilidad; la elaboración de estrategias y planes que faciliten la creación y promoción de productos de alto valor añadido para el turismo, con capacidad desestacionalizadora, así como la promoción del sector turístico madrileño a nivel nacional e internacional. BOCM-20260725-19 EXPONEN

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/25/BOCM-20260725-19.PDF
