# Régimen económico. Padrones impuestos

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-27
- **Organismo:** Alcobendas
- **Identificador oficial:** BOCM-20260727-47
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-27/regimen-economico-padrones-impuestos-nJPxEB
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/27/BOCM-20260727-47.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 144 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID LUNES 27 DE JULIO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 177 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 47 ALCOBENDAS RÉGIMEN ECONÓMICO Conforme a lo dispuesto en el artículo 22 de la vigente Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección del Ayuntamiento de Alcobendas, quedan expuestos al público durante el plazo de veinte días para su examen y reclamación por parte de los interesados, los padrones de los ingresos municipales que a continuación se relacionan: CONCEPTO EJERCICIO TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE COMPETENCIA LOCAL. 2026 Durante el plazo indicado de exposición al público, y conforme a lo dispuesto en el Reglamento Europeo 2016/679 de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, el Servicio de Atención al Ciudadano (sito en plaza Mayor 1, planta baja, del Ayuntamiento) proporcionará a los contribuyentes que lo soliciten la información de los referidos padrones que directamente le afecten, en horario de atención al público: OFICINAS DEL SERVICIO DE ATENCIÓN CIUDADANA (S.A.C.) RECOMENDABLE CON CITA PREVIA Oficina en el Ayuntamiento de Alcobendas: Plaza Mayor, 1 Horario: de lunes a viernes de 8:30 a 14:30 y de 16:00 a 19:00. Julio, agosto y Navidad: de 8:30 a 14:30. Oficina Distrito Centro: Pza. Pueblo, 1 Oficina Distrito Urbanizaciones: Av. Bruselas, 19 Horario: de lunes a viernes, de 8:30 a 14:00. Julio, agosto y Navidad permanecen cerrados Cita Previa Servicio Atención Ciudadana (S.A.C.): Servicio Atención Telefónica: - - - A través de la web municipal: www.alcobendas.org Llamando al 010 desde Alcobendas (coste llamada según tarifa de cada operadora de telefonía) o Llamando al 91296.90.88 desde móviles o desde fuera de Alcobendas Teléfono 010 si llama desde Alcobendas. Llamando al 912969088 desde fuera de Alcobendas o desde móviles Horario: de lunes a viernes de 8:30 a 14:30 y de 16:00 a 19:00. Julio, agosto y Navidad permanecen cerrados Contra las deudas consignadas en los padrones contributivos y notificados colectivamente en el presente anuncio, los interesados podrán interponer: — Con carácter potestativo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública, el recurso de reposición previsto en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, ante el órgano que lo dictó. — O bien directamente, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de finalización del período voluntario de pago, la reclamación económico-administrativa prevista en el artículo 137 de Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Alcobendas. En todo caso, la reclamación económico-administrativa tendrá carácter preceptivo para poder interponer recurso contenciosoadministrativo. Si se optara por interponer recurso potestativo de reposición no se podrá interponer reclamación económico-administrativa hasta que aquel sea resuelto de forma expresa o pueda considerarse desestimado por silencio administrativo”. Alcobendas, a 23 de julio de 2026.—La alcaldesa-presidenta, Rocío Sara García Alcántara. (01/12.457/26) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791 BOCM-20260727-47 Información y gestiones tributarias en la dirección web: www.alcobendas.org Oficina Tributaria Virtual del Ayuntamiento de Alcobendas

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/27/BOCM-20260727-47.PDF
