# Resolución proceso selectivo – Resolución de 14 de julio, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso selectivo para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Titulado Superior Especialista, Especialidad Medicina Física y Rehabilitación (Grupo I, Nivel 10, Área D), de la Comunidad de Madrid

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-27
- **Organismo:** B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
- **Identificador oficial:** BOCM-20260727-8
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-27/resolucion-proceso-selectivo-resolucion-14-julio-direccion-general-funcion-publica-que-resuelve-proceso-selectivo-acceso-sistema-5OPo1K
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/27/BOCM-20260727-8.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 28 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID LUNES 27 DE JULIO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 177 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Economía, Hacienda y Empleo 8 RESOLUCIÓN de 14 de julio, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso selectivo para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Titulado Superior Especialista, Especialidad Medicina Física y Rehabilitación (Grupo I, Nivel 10, Área D), de la Comunidad de Madrid. Mediante la Orden 378/2022, de 2 de marzo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 59, de 10 de marzo), se convocaron pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Titulado Superior Especialista, Especialidad Medicina Física y Rehabilitación (Grupo I, Nivel 10, Área D), de la Comunidad de Madrid. Dicha orden fue objeto de una primera Corrección de errores (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 92, de 19 de abril de 2022), y de una segunda Corrección de errores (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 310, de 30 de diciembre). De conformidad con lo dispuesto en la base décima de la Orden 378/2022, de 2 de marzo anteriormente indicada y demás normativa de aplicación, una vez remitida por el tribunal calificador la relación definitiva de personas aspirantes aprobadas en el referido proceso selectivo, la Dirección General de Función Pública ha de dictar la correspondiente resolución comprensiva de dicha relación, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo procederse por aquéllas a la acreditación, en los términos previstos en la citada resolución, del cumplimiento de los requisitos de participación establecidos en la señalada orden de convocatoria. En virtud de cuanto antecede, este centro directivo, en uso de las atribuciones que tiene conferidas, RESUELVE Primero Declarar, a propuesta del tribunal calificador del mencionado proceso selectivo, que han superado el mismo las personas incluidas en la relación que se incorpora como Anexo de la presente resolución. 1. Con objeto de adquirir la condición de personal laboral en la categoría profesional objeto de la convocatoria, las personas aspirantes seleccionadas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para elegir destino y presentar la documentación que se indica, exigida en la base segunda de la aludida Orden 378/2022, de 2 de marzo, así como en el apartado sexto de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, dirigida a la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el punto 2 de este apartado segundo: A) Copia del DNI y, en su caso, demás documentación que fuera precisa a efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos de edad y nacionalidad, respectivamente. B) Copia de la titulación de Médico Especialista en Medicina Física y Rehabilitación, o poseer la certificación habilitadora prevista en el artículo 3 del Real Decreto 853/1993, de 4 de junio, o en condiciones de obtenerlo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación Cultura y Deporte o por cualquier otro órgano de la BOCM-20260727-8 Segundo

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/27/BOCM-20260727-8.PDF
