# Concesión ayudas – Orden de 14 de julio de 2026, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se declara la finalización del programa de ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas (programa 4), previstas en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, convocadas por la Orden 1429/2022 de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, de 27 de mayo de 2022, y se desestiman todas las solicitudes no resueltas favorablemente

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-28
- **Organismo:** C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS
- **Identificador oficial:** BOCM-20260728-25
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-28/concesion-ayudas-orden-14-julio-2026-consejeria-vivienda-transportes-e-infraestructuras-que-declara-finalizacion-programa-ayudas-Gk914b
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/28/BOCM-20260728-25.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 178 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MARTES 28 DE JULIO DE 2026 Pág. 85 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras 25 ORDEN de 14 de julio de 2026, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se declara la finalización del programa de ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas (programa 4), previstas en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, convocadas por la Orden 1429/2022 de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, de 27 de mayo de 2022, y se desestiman todas las solicitudes no resueltas favorablemente. DISPONGO Primero Declarar la finalización del programa de ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas (programa 4), previstas en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residen- BOCM-20260728-25 El Real Decreto 853/2021 del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de fecha 5 de octubre, aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de seis programas de ayudas ligados a la activación del sector de la rehabilitación edificatoria residencial, así como incrementar el parque de vivienda de alquiler social, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (“Boletín Oficial del Estado” núm. 239, de 6 de octubre de 2021) con financiación procedente de la Unión Europea-Next Generation EU. En su artículo 19: Plazo para la ejecución y justificación de las actuaciones correspondientes a los Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP) dispone que las actuaciones objeto de financiación a través de este Programa deberán estar finalizadas antes del día 30 de junio de 2026. En el artículo 48: Plazo para la ejecución y justificación de las actuaciones correspondientes al programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas, se establece, así mismo, que las actuaciones objeto de financiación a través de este Programa deberán estar finalizadas antes del día 30 de junio de 2026. La Orden 1429/2022 de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, convoca subvenciones en materia de rehabilitación residencial en la Comunidad de Madrid correspondientes al programa de ayudas a actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio, al programa de ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas y al programa de ayudas a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación, previstas en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre. El artículo 7 de esta Orden 1429/2022: Actuaciones subvencionables y plazo de ejecución de las mismas dispone que, en todo caso, los plazos de ejecución deberán estar alineados con los objetivos CID marcados por el PRTR, por lo que, la ejecución de las actuaciones tendrá que haber finalizado antes del 30 de junio de 2026, sin que en ningún caso puedan concederse prórrogas más allá de esta fecha. La finalización del Programa 4 determina la imposibilidad de dictar nuevas resoluciones de concesión una vez concluido el marco temporal de gestión del programa financiado con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Por tanto, concluido el período de vigencia material del programa y resultando necesario proceder a su cierre, seguimiento, control y certificación definitiva ante las autoridades nacionales y europeas competentes y en virtud de las competencias atribuidas en el Decreto 87/2025, de 5 de noviembre,

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/28/BOCM-20260728-25.PDF
