# Organización y funcionamiento. Delegación funciones

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-28
- **Organismo:** Braojos
- **Identificador oficial:** BOCM-20260728-50
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-28/organizacion-funcionamiento-delegacion-funciones-5QPreP
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/28/BOCM-20260728-50.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 158 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MARTES 28 DE JULIO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 178 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 50 BRAOJOS ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO BOCM-20260728-50 Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Braojos de la Sierra, adoptado en sesión ordinaria celebrada el 30 de junio de 2026, por el que se delegan en el alcalde-presidente competencias en materia de contratación. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace público el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Braojos de la Sierra, en sesión ordinaria celebrada el 30 de junio de 2026, por el que se delegan en el alcalde-presidente determinadas competencias en materia de contratación, cuyo tenor literal es el siguiente: «Primero.—Delegar en el alcalde-presidente, de forma expresa y limitada exclusivamente a las actuaciones que se relacionan a continuación, el ejercicio de las siguientes competencias plenarias: 1. Adjudicación del contrato de obra denominado “Pavimentación calle Mediodía tramo oeste”. 2. Adjudicación del contrato de obra denominado “Pavimentación tramo norte calle Viento”. 3. Aprobación del expediente de contratación y adjudicación del contrato de obra denominado “Infraestructura para la mejora de la conectividad en el municipio”. Segundo.—Se hace constar que el ejercicio de competencias delegadas en materia de contratación determina la imposibilidad de que el alcalde-presidente forme parte de la Mesa de Contratación correspondiente en todos aquellos casos que sea preceptiva de conformidad con la normativa vigente. Tercero.—Las competencias delegadas deberán ejercerse por el alcalde-presidente dentro de los límites establecidos en el presente acuerdo, sin que puedan ser objeto de nueva delegación. Los actos y acuerdos adoptados en virtud de esta delegación se entenderán dictados por el Pleno del Ayuntamiento, como órgano titular de la competencia originaria, al que se dará cuenta de su ejercicio. Cuarto.—La presente delegación surtirá efectos desde el mismo día de la adopción de este acuerdo, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Quinto.—Publicar el acuerdo de delegación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”. En Braojos de la Sierra, a 19 de julio de 2026.—El alcalde-presidente, Ricardo José Moreno Picas. (03/12.139/26) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/28/BOCM-20260728-50.PDF
