# Organización y funcionamiento. Delegación funciones

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-28
- **Organismo:** Griñón
- **Identificador oficial:** BOCM-20260728-53
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-28/organizacion-funcionamiento-delegacion-funciones-5Zmv47
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/28/BOCM-20260728-53.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 178 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MARTES 28 DE JULIO DE 2026 Pág. 177 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 53 GRIÑÓN ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO El Sr. alcalde-presidente del Ayuntamiento de Griñón, por resolución de fecha 17 de julio de 2026, ha delegado las funciones de Alcaldía en el primer teniente de alcalde, D. Miguel Pereda Navarro, por ausencia del titular, del 19 de julio de 2026 hasta el 6 de agosto de 2026, ambos inclusive, según el siguiente tenor literal: RESUELVO BOCM-20260728-53 “Primero.—Delegar en D. Miguel Pereda Navarro, primer teniente de alcalde, las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, desde el día 19 de julio al 6 de agosto (ambos inclusive). Segundo.—La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros, salvo la materialización del pago a través de banca electrónica, que se llevarán cabo con las claves personales del alcalde sustituido. La presencia del alcalde sustituido en órganos colegiados supondrá asumir automáticamente las facultades y funciones de la Alcaldía. Tercero.—El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía a posteriori y en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia y con carácter previo, de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en el artículo 115 del ROF. Cuarto.—La delegación conferida, requerirá, para su eficacia, la aceptación del órgano delegado, entendiéndose otorgada tácitamente, si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación, en el término de tres días hábiles, contados desde el siguiente a aquél en que le sea notificada esta resolución. Quinto.—La presente resolución será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dándose cuenta de su contenido en la primera sesión ordinaria del Pleno que éste celebre y surtirá efectos desde su fecha. Sexto.—En lo no previsto expresamente en esta resolución, se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y del R. D. 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en cuanto a las reglas que, para la delegación, se establecen en las mismas. Séptimo.—Comunicar al interesado así como a los distintos departamentos y servicios municipales”. Lo que se hace público para general conocimiento. En Griñón, a 17 de julio de 2026.—El alcalde-presidente, José María Porras Agenjo. (03/12.136/26) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/28/BOCM-20260728-53.PDF
