# Régimen económico. Bases ayudas

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-28
- **Organismo:** Villaviciosa de Odón
- **Identificador oficial:** BOCM-20260728-70
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-28/regimen-economico-bases-ayudas-NLPK87
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/28/BOCM-20260728-70.PDF

## Contenido

BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 196 MARTES 28 DE JULIO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 178 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 70 VILLAVICIOSA DE ODÓN RÉGIMEN ECONÓMICO Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, de 15 de julio de 2026, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas por nacimiento adopción de menor de 12 años en el municipio de Villaviciosa de Odón 2025. En los términos que a continuación se concretan, se publican las bases reguladoras de dichas ayudas, por lo que se hace público lo siguiente: BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN de MENOR de 12 años EN EL MUNICIPIO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN 2025 Exposición de motivos El Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón motivado excepcionalmente por la necesidad social de apoyar e incentivar la natalidad y la obligada reposición poblacional como medio de consecución de una sociedad sostenible en el futuro, tanto social como económicamente, pone en marcha una convocatoria de ayudas por nacimiento o adopción de menor. Dicha ayuda para los empadronados de Villaviciosa de Odón se realiza teniendo en cuenta que el aumento de miembros en las unidades familiares o de convivencia acarrea la aparición de posibles dificultades económicas que pudieran abocar en riesgos de vulnerabilidad que es necesario prevenir. Tales ayudas serán concedidas de conformidad con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación y eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados; todo ello de acuerdo con lo dispuesto en las Bases reguladoras previstas en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento, antes citada, a cuyo cumplimiento se condiciona el otorgamiento de aquellas y conforme al contenido de la presente convocatoria. BOCM-20260728-70 Por tanto, de acuerdo con las razones expuestas y en el marco de las competencias que desarrolla el Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, a través de la concejalía de Menor y de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 del Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el reglamento de Servicios de las corporaciones Locales (BOE núm. 196, de 15 de julio de 1955), disposición Adicional Primera de la Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen Local de la Comunidad de Madrid a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre; así como en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid núm. 68, de 21 de Marzo de 2016, la Base de Ejecución del vigente Presupuesto de la Corporación relativa a “Ayudas y subvenciones públicas” y demás normativa concordante y de general aplicación, se desarrollan las siguientes ayudas en concurrencia competitiva, destinadas a ayudar con los gastos familiares por el nacimiento o adopción de menor de 12 años, en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, como medida de fomento de la natalidad, y apoyo a la economía familiar.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/28/BOCM-20260728-70.PDF
