# Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 1494/2026, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establece la convocatoria de ayudas a empresas audiovisuales para la producción de largometrajes en la Comunidad de Madrid en 2026

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-29
- **Organismo:** C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE
- **Identificador oficial:** BOCM-20260729-11
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-29/extracto-convocatoria-subvenciones-extracto-orden-14942026-consejeria-cultura-turismo-deporte-que-establece-convocatoria-ayudas-empresas-audiovisuales-5QPLb9
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/29/BOCM-20260729-11.PDF

## Contenido

BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 56 MIÉRCOLES 29 DE JULIO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 179 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Cultura, Turismo y Deporte 11 EXTRACTO de la Orden 1494/2026, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establece la convocatoria de ayudas a empresas audiovisuales para la producción de largometrajes en la Comunidad de Madrid en 2026. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ): BDNS: 921126 Primero Beneficiarios y requisitos Podrán acceder a estas ayudas las productoras independientes audiovisuales que realicen su actividad en la Comunidad de Madrid y que cumplan los requisitos previstos en las bases reguladoras y en la presente convocatoria. Para obtener la condición de beneficiario, los solicitantes deberán acreditar, entre otros, el cumplimiento de los siguientes requisitos: a) Tener, al menos, una sede en la Comunidad de Madrid (o, en el caso de empresas fuera del territorio español, una filial domiciliada en la Comunidad de Madrid) y estar inscritas como productora en el Registro de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA). b) Acreditar el carácter cultural del proyecto audiovisual mediante el cumplimiento de, al menos, dos de las condiciones previstas en el dispongo cuarto, apartado 2, de la Orden de convocatoria. Segundo Objeto y líneas de ayuda Las líneas de ayuda serán las siguientes: a) Ayudas a la producción de largometrajes sobre proyecto de directores no noveles. b) Ayudas a la producción de largometrajes sobre proyecto de directores noveles. Los proyectos audiovisuales objeto de estas ayudas podrán clasificarse, en virtud de su contenido y técnica, como de ficción, animación o documental. Tercero Las bases reguladoras de las ayudas han sido aprobadas mediante la Orden 558/2026, de 6 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm 90, de 17 de abril de 2026). https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/04/17/BOCM-20260417-15.PDF Cuarto Cuantía La presente convocatoria es de carácter anual y asciende a un importe máximo de tres millones de euros (3.000.000 euros), que se harán efectivos con cargo a la posición presu- BOCM-20260729-11 Bases Reguladoras

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/29/BOCM-20260729-11.PDF
