# Organización y funcionamiento. Delegación funciones

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-29
- **Organismo:** Torrejón de Velasco
- **Identificador oficial:** BOCM-20260729-44
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-29/organizacion-funcionamiento-delegacion-funciones-Ngm39Z
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/29/BOCM-20260729-44.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 179 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 29 DE JULIO DE 2026 Pág. 169 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 44 TORREJÓN DE VELASCO ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO BOCM-20260729-44 Por decreto de Alcaldía número 2026-1011, de 20 de junio de 2026, se aprobó la resolución cuya parte dispositiva se transcribe literalmente: Primero.—Revocar el decreto de Alcaldía 2026-0918, de 30 de junio de 2026, por el que se acordó la sustitución de la Alcaldía durante el período vacacional. Segundo.—La presente revocación surtirá efectos a las 11:00 horas del día 20 de julio de 2026, momento en el que el señor alcalde reasumirá el ejercicio de todas las funciones y atribuciones inherentes a su cargo, cesando desde ese mismo instante la sustitución desempeñada por el primer teniente de alcalde. Tercero.—Notificar la presente resolución al primer teniente de alcalde para su conocimiento y efectos. Cuarto.—La presente resolución será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre. Quinto.—En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas. Contra este decreto, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo que establece el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y de acuerdo con lo que dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el término de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación. No obstante, podrá interponer cualquier otro, si lo considera conveniente. Lo manda y firma, el señor alcalde-presidente, D. Esteban Bravo Fernández, en Torrejón de Velasco, a fecha de firma. Con el V.o B del Secretario de la Corporación. En Torrejón de Velasco, a 21 de julio de 2026.—El alcalde-presidente, Esteban Bravo Fernández. (03/12.236/26) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791

## Fuente

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Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/29/BOCM-20260729-44.PDF
