# Organización y funcionamiento. Ordenanza movilidad

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-31
- **Organismo:** Alcobendas
- **Identificador oficial:** BOCM-20260731-61
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-31/organizacion-funcionamiento-ordenanza-movilidad-N7vgM8
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/31/BOCM-20260731-61.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 146 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID VIERNES 31 DE JULIO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 181 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 61 ALCOBENDAS ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO El Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas, en su sesión ordinaria celebrada el día 30 de abril de 2026, aprobó “La modificación de la ordenanza de movilidad del Ayuntamiento de Alcobendas”. Sometida el mismo a información pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 118, de 20 de mayo 2026), y sin haberse presentado reclamaciones al mismo, por aplicación del artículo 49 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, queda definitivamente aprobado el acuerdo, hasta entonces inicial, procediéndose a su publicación. Un certificado del acuerdo ha sido remitido a la Administración General del Estado y a la Comunidad de Madrid a los efectos del artículo 65 de la Ley 7/1985, de 2 de abril. Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en la normativa transcrita, significando que, contra la presente aprobación definitiva, por tratarse de una disposición de carácter general, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente al de la publicación del texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la LRBRL, se inserta a continuación en el Anexo I, el texto íntegro del citado Reglamento, cuyo tenor literal es el siguiente: ANEXO PREÁMBULO Tras la completa modificación de la antigua Ordenanza de Tráfico de 1998, se procedió a la aprobación de una nueva Ordenanza de Movilidad, publicada en el BOCM nº 279 de 23 de noviembre de 2022. El texto del año 2022 se revisó y modificó en el año 2024, aprobándose en sesión ordinaria del Pleno Municipal de 25 de enero de dicho año la reforma consistente en la modificación de ciertos artículos relacionados con la ampliación de la zona regulada, publicada en el BOCM nº 143 de 17 de junio de 2024. - Revisión del articulado de la Zona de Bajas Emisiones, para regular y concretar los aspectos necesarios para su puesta en funcionamiento. Con este objetivo se han modificado completamente los textos de los arts.21,22 y 23, manteniendo, eso sí, el mismo ordinal en la estructura de la presente Ordenanza con el fin de mantener la estructura de esta. - Corrección de errores gramaticales e introducción de omisiones que no se reflejaron en el texto anterior. - Actualización de normativa en relación con las zonas de coexistencia. - Especificaciones sobre el uso de casco en ciclistas y conductores de VMP, así como las edades para su conducción. BOCM-20260731-61 Las constantes modificaciones y actualizaciones que se vienen dando en materia de tráfico y control medioambiental de la circulación, así como diversos aspectos de cambios normativos y alguna corrección del texto anterior por erratas u omisiones, han motivado la revisión del texto de dicha Ordenanza, teniendo como objetivos principales los siguientes:

## Fuente

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Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/31/BOCM-20260731-61.PDF
