# Régimen económico. Padrón fiscal

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-07-31
- **Organismo:** Villarejo de Salvanés
- **Identificador oficial:** BOCM-20260731-83
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-07-31/regimen-economico-padron-fiscal-Gk9wMg
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/31/BOCM-20260731-83.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 181 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID VIERNES 31 DE JULIO DE 2026 Pág. 211 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 83 VILLAREJO DE SALVANÉS RÉGIMEN ECONÓMICO BOCM-20260731-83 Aprobado por Resolución de Alcaldía n.o 2026-1163, de fecha 22 de julio de 2026, el padrón fiscal correspondiente al impuesto sobre actividades económicas del ejercicio 2026, se somete a exposición pública para que pueda ser examinado por los interesados durante el plazo de 15 días, contados a partir del siguiente al de publicación del anuncio. Contra el citado padrón podrá interponerse recurso previo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del periodo de exposición pública, previo al contencioso-administrativo, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14.2.c) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Se procederá al cobro en período voluntario del mencionado impuesto sobre actividades económicas correspondiente al año 2026 en: — Localidad: Villarejo de Salvanés. — Plazo de ingreso en voluntaria: 1/9/2026 - 25/11/2026. — Fecha de cargo en cuenta: 25/11/2026. Los contribuyentes que hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo presentando el aviso en las oficinas de las siguientes entidades: Eurocaja Rural, Caixabank y Grupo Santander; o a través de la sede electrónica https://villarejodesalvanes.sedelectronica.es (enlaces de interés, Oficina Virtual Tributaria). Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas que se produzcan. En Villarejo de Salvanés, a 22 de julio de 2026.—El alcalde-presidente, Jesús Díaz Raboso. (01/12.321/26) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791

## Fuente

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Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/31/BOCM-20260731-83.PDF
