# Convenio colectivo – Resolución de 3 de julio de 2026, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo del sector de la madera de la Comunidad de Madrid suscrito por las organizaciones empresariales Acomat, Afamid y Alpama y por la representación sindical CC OO Habitat Madrid y UGT-Fica Madrid (código número 28002235011982)

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-08-01
- **Organismo:** C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
- **Identificador oficial:** BOCM-20260801-3
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-08-01/convenio-colectivo-resolucion-3-julio-2026-direccion-general-trabajo-consejeria-economia-hacienda-empleo-registro-deposito-publicacion-5MPQbQ
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/01/BOCM-20260801-3.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 182 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID SÁBADO 1 DE AGOSTO DE 2026 Pág. 61 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Economía, Hacienda y Empleo 3 RESOLUCIÓN de 3 de julio de 2026, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo del sector de la madera de la Comunidad de Madrid suscrito por las organizaciones empresariales Acomat, Afamid y Alpama y por la representación sindical CC OO Habitat Madrid y UGT-Fica Madrid (código número 28002235011982). Examinado el texto del Convenio Colectivo del Sector de la Madera, suscrito por las organizaciones empresariales Acomat, Afamid y Alpama y por las organizaciones sindicales CC OO Habitat Madrid y UGT-Fica Madrid, el día 22 de mayo de 2026, completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1 a) de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre y con el artículo 1 del Decreto 38/2023, de 23 junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 31 del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Dirección General, RESUELVE BOCM-20260801-3 1. Inscribir dicho Convenio, en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad de esta Dirección, y proceder al correspondiente depósito en este Organismo. 2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Economía y Empleo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el plazo de un mes, y contándose desde el día siguiente de esta notificación, prorrogándose al primer día hábil siguiente cuando el último sea inhábil. Madrid, a 3 de julio de 2026.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/01/BOCM-20260801-3.PDF
