# Expropiación – Acuerdo de 22 de julio de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se declara urgente la ocupación de los bienes afectados del “Expediente de expropiación forzosa de Ronda de Perejil 20 del municipio de Campo Real”

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-08-03
- **Organismo:** C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL
- **Identificador oficial:** BOCM-20260803-17
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-08-03/expropiacion-acuerdo-22-julio-2026-consejo-gobierno-que-declara-urgente-ocupacion-bienes-afectados-expediente-expropiacion-forzosa-NLPQXg
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/03/BOCM-20260803-17.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 66 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID LUNES 3 DE AGOSTO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 183 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local ACUERDO de 22 de julio de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se declara urgente la ocupación de los bienes afectados del “Expediente de expropiación forzosa de Ronda de Perejil 20 del municipio de Campo Real”. El Ayuntamiento de Campo Real ha promovido expediente de expropiación forzosa cuyo objeto principal de la actuación propuesta es obtener suelo que permita la construcción de la infraestructura de evacuación de pluviales, que pasará a pertenecer al viario público, que tras la conformidad técnica del Canal de Isabel II sobre la red de saneamiento propuesta, solucionaría los problemas de inundaciones provocados por la falta de recogida de aguas pluviales de la zona. Además, señala la Memoria, que la rotura de la red que transcurre por suelo privado objeto de expropiación y la obstrucción del único imbornal operativo han derivado en una situación de emergencia hidráulica. El Pleno del Ayuntamiento de Campo Real, en sesión de 28 de marzo de 2026, adoptó Acuerdo por el que aprobó con carácter inicial el expediente de expropiación forzosa del proyecto referenciado. El período de información pública de la aprobación inicial del expediente de expropiación se llevó a cabo a través de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 84, de 10 de abril de 2026, el diario “La Razón” de 31 de marzo de 2026 y en sede electrónica en el tablón de edictos del Ayuntamiento del 10 de abril al 5 de mayo de 2026, así como la notificación individualizada al propietario afectado. Consta en el expediente certificado emitido por la Secretaría del Ayuntamiento de Campo Real, de fecha 6 de mayo de 2026, por el que certifica que el acuerdo adoptado por el Pleno Municipal de fecha 28 de marzo de 2026, que aprobó la relación inicial de bienes y derechos y sus titulares relativo al expediente de expropiación forzosa en Rd. Perejil, 20, se considera aprobado definitivamente e iniciado el expediente expropiatorio al no haberse presentado alegaciones tras la exposición pública. Respecto a la aplicación del procedimiento de urgencia para la expropiación de los bienes afectados, la Memoria Justificativa realizada por el Ayuntamiento de Campo Real de fecha 12 de marzo de 2026, pone de manifiesto que, debido a la rotura de la Red de Saneamiento y a la obstrucción del único imbornal operativo, es una necesidad urgente la actuación propuesta, con objeto de evitar el riesgo para la salud pública y la seguridad de las viviendas colindantes por las continuas inundaciones que sufren, debiendo ser ejecutadas las obras en el menor tiempo posible, lo que determina la concurrencia de circunstancias de carácter excepcional que justifican la utilización del procedimiento de urgencia previsto en el artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa. Consta en el expediente la valoración del justiprecio calculado conforme a lo dispuesto en los artículos 34 y siguientes del Texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, así como en el Reglamento de Valoraciones de la Ley del Suelo aprobado por Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre. De conformidad con lo previsto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, consta documento contable de retención de crédito (RC) del Ayuntamiento de Campo Real, de fecha 12 de mayo de 2026, con la descripción: Expropiación Forzosa Ronda Perejil, 20 Referencia Catastral 8163116VK6686S0001YU, por importe 47.752,15 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 450 6090002. Con fecha 25 de junio de 2026, la Comisión de Urbanismo de la Comunidad de Madrid acordó informar favorablemente, a los efectos previstos en el artículo 10 del Decreto 69/1983, de 30 de junio, sobre distribución de competencias en materia de ordenación del Territorio y Urbanismo entre los órganos de la Comunidad Autónoma de Madrid, el expediente remitido por el Ayuntamiento de Campo Real relativo a la declaración de urgente ocupación. Con fecha 6 de julio de 2026, la Dirección General de Reequilibrio Territorial emitió informe favorable en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 13.4.n) del BOCM-20260803-17 17

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/03/BOCM-20260803-17.PDF
