# Convenio – Convenio de colaboración de 13 de julio de 2026, entre la Comunidad de Madrid, (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid, M. P., para el desarrollo del curso “Nuevas Fronteras en Materiales Cuánticos”, dentro de los Cursos de Verano Complutense del año 2026 en áreas estratégicas para la Consejería

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-08-08
- **Organismo:** D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES
- **Identificador oficial:** BOCM-20260808-18
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-08-08/convenio-convenio-colaboracion-13-julio-2026-comunidad-madrid-consejeria-educacion-ciencia-universidades-fundacion-general-universidad-complutense-n91apa
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/08/BOCM-20260808-18.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 188 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID SÁBADO 8 DE AGOSTO DE 2026 Pág. 271 I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Educación, Ciencia y Universidades 18 CONVENIO de colaboración de 13 de julio de 2026, entre la Comunidad de Madrid, (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid, M. P., para el desarrollo del curso “Nuevas Fronteras en Materiales Cuánticos”, dentro de los Cursos de Verano Complutense del año 2026 en áreas estratégicas para la Consejería. REUNIDOS De una parte, la Comunidad de Madrid y en su nombre, la Excma. Sra. Dña. Mercedes Zarzalejo Carbajo, en calidad de titular de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto 7/2026, de 16 de febrero, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 40, de 17 de febrero), y en ejercicio de la competencia para suscribir convenios de colaboración, según lo establecido en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre de 1983, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y en el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid. Y de otra, la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid, M. P., (en adelante, FGUCM) con domicilio en la calle Doctor Severo Ochoa número 7, 28040 Madrid y con CIF G-79485082 y en su nombre, Dña. Natalia Abuín Vences, Vicerrectora de Comunicación de la UCM dentro del ámbito de actuación de sus competencias como Vicerrectora de Comunicación recogidas en el decreto rectoral 4/2025, de 10 de marzo, de establecimiento de los Vicerrectorados de la Universidad Complutense de Madrid, de delegación de competencias y de diversas cuestiones de índole organizativa, publicado en el BOUC número 8 de 17 de marzo de 2025, y como apoderada de la FGUCM según consta en la escritura de poder de 27 de marzo de 2025, número 1.535 del protocolo del Ilustre Notario de Madrid Don Javier de Lucas y Cadenas. Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio de colaboración y a tal efecto, La Comunidad de Madrid tiene competencia exclusiva en materia de fomento de la cultura y la investigación científica y técnica, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.1.20 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid. Corresponde al titular de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, las competencias establecidas en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y restantes disposiciones en vigor, correspondiéndole, como órgano superior de la Administración de la Comunidad de Madrid, el desarrollo general, la coordinación y el control de la ejecución de las políticas del Gobierno en las siguientes materias: educación, universidades, enseñanzas artísticas, investigación científica e innovación tecnológica, apoyada fundamentalmente en el nuevo contexto digital. Corresponden a la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica, además de las competencias previstas en el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, las funciones relativas al fomento y coordinación de las actividades de investigación científica y de innovación tecnológica en el marco de la Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica, sin perjuicio de las atribuidas por la citada ley a los restantes órganos recogidos en su artículo 3, en concreto, la promoción de la cultura científica y de la ciencia entre la ciudadanía. La Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid M. P. tiene la misión fundamental de cooperar al cumplimiento de los fines de la Universidad Complutense de Madrid, contribuyendo para ello, al mejoramiento de sus prestaciones de transmisión de sa- BOCM-20260808-18 EXPONEN

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/08/BOCM-20260808-18.PDF
