# Régimen económico. Precios públicos

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-08-12
- **Organismo:** Fresno de Torote
- **Identificador oficial:** BOCM-20260812-38
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-08-12/regimen-economico-precios-publicos-nm9MZp
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/12/BOCM-20260812-38.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 102 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 12 DE AGOSTO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 191 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 38 FRESNO DE TOROTE RÉGIMEN ECONÓMICO De conformidad con el acuerdo en sesión plenaria de fecha 16 de julio del 2026, por el que se aprueba los precios públicos por la prestación de servicios de recogida, atención veterinaria y custodia de animales en el término municipal y que a continuación se transcriben: TEXTO REGULADOR DEL PRECIO PÚBLICO PREÁMBULO El Ayuntamiento de Fresno de Torote ostenta competencia propia en materia de protección de la salubridad pública y del medio ambiente urbano conforme al artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL), competencia que comprende la prestación del servicio de recogida, traslado, atención veterinaria y custodia de animales extraviados, abandonados o que se encuentren sin control de sus poseedores en el término municipal. Esta competencia ha sido reforzada y concretada por el artículo 22 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, que atribuye expresamente a los Ayuntamientos la recogida de animales extraviados y abandonados y su alojamiento en un centro de protección animal, con disponibilidad de servicio de urgencia las veinticuatro horas del día, pudiendo gestionarse directamente o mediante entidades privadas. El Ayuntamiento dispone ya de la Ordenanza municipal núm. 18, Reguladora de la Tenencia y Protección de Animales, que establece el régimen sustantivo del servicio. El presente texto tiene por objeto establecer la contraprestación económica que corresponde abonar a los beneficiarios directos de los servicios contemplados, articulada como precio público al amparo de los artículos 41 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), y del artículo 24 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos. La figura del precio público resulta apropiada toda vez que el servicio de recogida y custodia, si bien de interés público general, beneficia de manera directa e individualizable al propietario o poseedor identificado del animal que recupera al mismo tras su captura, concurriendo además en el mercado empresas privadas que prestan servicios análogos de gestión y custodia de animales, lo que excluye la nota de monopolio que determinaría la obligatoria configuración como tasa. CAPÍTULO I — DISPOSICIONES GENERALES El presente texto regulador establece el precio público exigible por el Ayuntamiento de Fresno de Torote en contraprestación por la prestación de los servicios de recogida y traslado, atención veterinaria de entrada y custodia y manutención de animales capturados, extraviados o abandonados en el término municipal, conforme a lo previsto en los artículos 41 a 47 del TRLRHL y en el artículo 24 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos. Los servicios a que se refiere el párrafo anterior podrán ser prestados directamente por el Ayuntamiento o mediante contrato de servicios con empresa especializada, sin que ello altere la titularidad municipal del servicio ni la exigibilidad del precio público establecido en el presente texto. BOCM-20260812-38 Artículo 1. Objeto y naturaleza

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/12/BOCM-20260812-38.PDF
