# Organización y funcionamiento. Delegación funciones

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-08-13
- **Organismo:** Aranjuez
- **Identificador oficial:** BOCM-20260813-50
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-08-13/organizacion-funcionamiento-delegacion-funciones-5QPx3w
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/13/BOCM-20260813-50.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 148 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID JUEVES 13 DE AGOSTO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 192 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 50 ARANJUEZ ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO Como alcalde-presidente del Ayuntamiento de Aranjuez, en uso de las atribuciones que legalmente tengo conferidas, en especial de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 116 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF) y en su virtud los artículos 8 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP). Visto que por Resolución de la Alcaldía número número 2024/2456, de 25 de junio de 2024, se determinó los miembros así como las competencias delegadas por alcaldíapresidencia en la Junta de Gobierno Local. Considerando la llegada del período estival y por razones de continuar la tramitación de los expedientes administrativos de acuerdo con los principios de eficacia y eficiencia en el funcionamiento de los servicios municipales. RESUELVO BOCM-20260813-50 Primero.—Avocar la totalidad de las atribuciones delegadas en la Junta de Gobierno Local, en virtud de la Resolución de Alcaldía número 2024/2456, en la persona titular de la Alcaldía-Presidencia o en la que legalmente le sustituya, del 1 al 31 de agosto de 2026, ambos incluidos. Segundo.—Notificar a los miembros de la Junta de Gobierno Local la presente Resolución. Tercero.—De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 10.2 LRJSP, la avocación deberá ser notificada a los interesados en el procedimiento, si los hubiere, con anterioridad o simultáneamente a la resolución final que se dicte. Contra el acuerdo de avocación no cabrá recurso, aunque podrá impugnarse en el que, en su caso, se interponga contra la resolución del procedimiento. Cuarto.—Remitir anuncio de la presente Resolución al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 44.2 ROF, así como insertarlo en el tablón de edictos municipal. Quinto.—Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno Municipal en la siguiente sesión ordinaria que celebre. En Aranjuez, a 4 de agosto de 2026.—El alcalde-presidente, Miguel Gómez Herrero. (03/13.102/26) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/13/BOCM-20260813-50.PDF
