# Bien de interés patrimonial – Orden 1540/2026, de 6 de agosto, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se declara Bien de Interés Patrimonial de la Comunidad de Madrid, en la Categoría de Monumento, el Teatro Pavón en Madrid

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-08-17
- **Organismo:** C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE
- **Identificador oficial:** BOCM-20260817-12
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-08-17/bien-interes-patrimonial-orden-15402026-6-agosto-consejero-cultura-turismo-deporte-que-declara-bien-interes-patrimonial-comunidad-GXPmBE
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/17/BOCM-20260817-12.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 156 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID LUNES 17 DE AGOSTO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 195 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Cultura, Turismo y Deporte ORDEN 1540/2026, de 6 de agosto, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se declara Bien de Interés Patrimonial de la Comunidad de Madrid, en la Categoría de Monumento, el Teatro Pavón en Madrid. Vista la propuesta emitida por el Área de Catalogación de Bienes Culturales de la Subdirección General de Patrimonio Histórico; de conformidad con lo establecido en los artículos 4, 12, 14, 18 y concordantes de la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid; considerando que el teatro Pavón situado en Madrid merece ser declarado Bien de Interés Patrimonial por su destacado interés histórico, arquitectónico y tipológico; la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, mediante Resolución de 27 de octubre de 2025, incoa expediente de declaración como Bien de Interés Patrimonial del citado bien. En cumplimiento de la Resolución de incoación del expediente como Bien de Interés Patrimonial, se notifica a los interesados, a los efectos procedentes, al Ayuntamiento de Madrid, se solicita informe a la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, al Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid y a la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de la Universidad Politécnica de Madrid, y se publica en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid. Igualmente, se abre un período de información pública por plazo de un mes, a contar desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (19 de noviembre de 2025), a fin de que cuantas personas físicas o jurídicas tengan interés, puedan examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas. Asimismo, se notifica al Ministerio de Cultura, para la inscripción de los bienes muebles en el Inventario General de Bienes Muebles, y al Registro de Bienes de Interés Patrimonial de la Comunidad de Madrid, donde quedan inscritos preventivamente en los respectivos registros con los códigos BM0155600, BM0155601 (bienes muebles vinculados al teatro) y RBIP-2025-000003, y en el Catálogo de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, a los efectos procedentes. En el expediente se han cumplimentado todos los trámites previstos de conformidad con lo establecido en los artículos 19, 20 y concordantes de la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid. El Pleno del Consejo Regional de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, en el trámite de audiencia concedido, en sesión celebrada el día 20 de noviembre de 2025, muestra su conformidad por unanimidad de sus miembros con la resolución del Director General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español de 27 de octubre de 2025 por la que se incoa expediente de declaración de Bien de Interés Patrimonial en la Categoría de Monumento, del Teatro Pavón en Madrid. La Comisión de Monumentos y Patrimonio Histórico de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, con fecha 19 de enero de 2026, aprueba informe, ratificado ese mismo día por el Pleno de la Real Academia, en el que concluye lo siguiente: “esta Comisión entiende bien la decisión de la Dirección General de Patrimonio Cultural de declarar BIP y no BIC el edificio del Teatro Pavón en su reformado estado actual y la apoya sin reservas, así como el resto de las disposiciones del expediente, incluido el entorno de protección propuesto para garantizar las correctas percepción y comprensión del edificio desde el exterior”. No figura que el Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid ni la Escuela Técnica Superior de la Universidad Politécnica de Madrid hayan emitido informe, por lo que, de conformidad con el artículo 20.3 de la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, los mismos se entienden en sentido favorable a la declaración como Bien de Interés Patrimonial. Por todo ello, y no constando que se hayan presentado alegaciones, se reitera la propuesta técnica inicial. En el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, modificado por el Decreto 16/2026, de 4 de mar- BOCM-20260817-12 12

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/17/BOCM-20260817-12.PDF
