# Convenio – Convenio de colaboración de 5 de agosto de 2026, entre el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid y Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S. A., para la adquisición de billetes turísticos para el fomento del turismo en Madrid

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-08-17
- **Organismo:** D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID
- **Identificador oficial:** BOCM-20260817-20
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-08-17/convenio-convenio-colaboracion-5-agosto-2026-consorcio-regional-transportes-publicos-regulares-madrid-madrid-destino-cultura-turismo-negocio-s-a-n916QQ
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/17/BOCM-20260817-20.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 195 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID LUNES 17 DE AGOSTO DE 2026 Pág. 197 I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID 20 CONVENIO de colaboración de 5 de agosto de 2026, entre el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid y Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S. A., para la adquisición de billetes turísticos para el fomento del turismo en Madrid. REUNIDOS De una parte, don Jorge Rodrigo Domínguez, en su condición de Presidente del Consejo de Administración del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, designado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 19 de julio de 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 171, del 20 de julio de 2023), actuando para la firma de este Convenio en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6.2 de la Ley 5/1985 de 16 de mayo, de creación del Consorcio. Y de otra, D. Ángel Martín Vizcaíno, en nombre y representación de la empresa municipal Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S. A. (en adelante, “Madrid Destino”), con CIF A-84073105 y domicilio social en Madrid, calle Conde Duque, 9-11, C.P. 28015. Interviene en su condición de Consejero Delegado de la misma, según consta en la escritura otorgada el día 1 de agosto de 2023, ante el Notario de Madrid D. Antonio de la Esperanza Rodríguez, con el número 3987 de su Protocolo e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid en el tomo 41138, folio 41, hoja M-360295, inscripción 161. Ambas partes se reconocen mutuamente poder, competencia y legitimación bastante para formalizar el presente Convenio de colaboración, EXPONEN Primero Que el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid (en adelante, “CRTM”) es un organismo autónomo de la Comunidad de Madrid, adscrito a la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, que concentra las competencias en materia de transporte público regular de viajeros tanto de la Comunidad de Madrid como de los Ayuntamientos adheridos. Entre sus funciones, conforme a lo establecido en la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de creación del citado organismo, se encuentran la planificación de infraestructuras y servicios de transporte público de viajeros, la elaboración de un sistema tarifario común y el fomento del uso del transporte público en la Comunidad de Madrid. Segundo Tercero Que Madrid Destino es una empresa municipal perteneciente íntegramente al Ayuntamiento de Madrid, adscrita al Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, cuyo objeto social, entre otras actividades y conforme al artículo 2, apartado 3.o de sus Estatutos Sociales, incluye la gestión de las políticas municipales en materia de promoción e información turística de la ciudad de Madrid. Dentro de estas competencias se encuentra la promoción de la comercialización de productos y ofertas turísticas que puedan incidir favora- BOCM-20260817-20 Que entre los títulos comercializados por el CRTM se encuentra el título turístico, de carácter personal, que permite realizar un número ilimitado de desplazamientos en el conjunto de servicios de transporte regular de viajeros que operan dentro de la zona elegida, con las excepciones que se indiquen.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/17/BOCM-20260817-20.PDF
