# Convenio ejecución infraestructuras – Convenio de 4 de agosto de 2026, de ejecución de infraestructuras de alcantarillado Plan Sanea en el municipio de Paracuellos de Jarama, con cargo a cuota suplementaria, entre el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama, Canal de Isabel II y Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, M. P.

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-08-19
- **Organismo:** C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - CANAL DE ISABEL II
- **Identificador oficial:** BOCM-20260819-11
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-08-19/convenio-ejecucion-infraestructuras-convenio-4-agosto-2026-ejecucion-infraestructuras-alcantarillado-plan-sanea-municipio-paracuellos-jarama-cargo-cuota-56bMqm
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/19/BOCM-20260819-11.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 46 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 19 DE AGOSTO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 197 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior CANAL DE ISABEL II 11 CONVENIO de 4 de agosto de 2026, de ejecución de infraestructuras de alcantarillado Plan Sanea en el municipio de Paracuellos de Jarama, con cargo a cuota suplementaria, entre el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama, Canal de Isabel II y Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, M. P. REUNIDOS En Madrid, a 4 de agosto de 2026. De una parte, D. Jesús Muñoz Muñoz. De otra parte, D. José Luis Fernández-Quejo del Pozo. Y de otra, D. Mariano González Sáez. INTERVIENEN EXPONEN Primero El Ayuntamiento y el Ente Canal, junto a la Comunidad de Madrid, celebraron, en fecha 28 de julio de 2010, el Convenio para la prestación del servicio de alcantarillado en el municipio de Paracuellos de Jarama (en adelante, el Convenio de Alcantarillado), que fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 210, de 2 de septiembre de 2010, del que el presente Convenio supone un acto de ejecución, lo que per- BOCM-20260819-11 El primero de los citados comparecientes, en nombre y representación del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama (en adelante, el Ayuntamiento), en su condición de Alcalde-Presidente del mismo, en virtud de las competencias que para representar al Ayuntamiento y para formalizar los convenios en que sea parte aquél le atribuyen, respectivamente, el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (en adelante, Ley 7/1985) y el artículo 30.1.a) de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid (en adelante, Ley 2/2003). El segundo, en nombre y representación de Canal de Isabel II (en adelante, Ente Canal), Ente de Derecho Público perteneciente a la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, en su condición de Gerente de dicho Ente, en virtud de Acuerdo del Consejo de Administración de fecha 24 de julio de 2023, por el que se le nombra Gerente de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del Decreto 68/2012, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la estructura orgánica del Canal de Isabel II y en virtud de las facultades que tiene conferidas por delegación de fecha 7 de septiembre de 2018 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de septiembre de 2018) de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5.1.c) y 5.2 del Decreto 68/2012, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la estructura orgánica del Canal de Isabel II. El tercero, en nombre y representación de Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, M. P. (en adelante, Canal), en su condición de Consejero Delegado de dicha Empresa Pública, en virtud de las facultades que le corresponden, conferidas por acuerdo del Consejo de Administración de Canal de Isabel II, Sociedad Anónima, M. P., adoptado en su sesión celebrada el día 16 de diciembre de 2025, elevado a documento público, autorizado por la notario Dña. Cristina de Solís Merino, actuando como sustituta legal del notario de Madrid, D. Manuel Gerardo Tarrío Berjano, el día 17 de diciembre de 2025, con el número 1.153 de su protocolo. Las partes se reconocen capacidad legal y representación suficientes para celebrar el presente Convenio.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/19/BOCM-20260819-11.PDF
