# Convenio – Adenda segunda de 11 de agosto de 2026, al convenio entre la Comunidad de Madrid y la Asociación Empresarial de Hostelería de la Comunidad de Madrid (Hostelería Madrid), para el diseño, desarrollo y puesta en marcha de herramientas que promueven activamente la sostenibilidad, digitalización, competitividad y promoción de la oferta hostelera de la Comunidad de Madrid en 2025, 2026 y 2027

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-08-21
- **Organismo:** D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE
- **Identificador oficial:** BOCM-20260821-22
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-08-21/convenio-adenda-segunda-11-agosto-2026-convenio-comunidad-madrid-asociacion-empresarial-hosteleria-comunidad-madrid-hosteleria-madrid-GxdoL8
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/21/BOCM-20260821-22.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 76 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID VIERNES 21 DE AGOSTO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 199 I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Cultura, Turismo y Deporte 22 ADENDA segunda de 11 de agosto de 2026, al convenio entre la Comunidad de Madrid y la Asociación Empresarial de Hostelería de la Comunidad de Madrid (Hostelería Madrid), para el diseño, desarrollo y puesta en marcha de herramientas que promueven activamente la sostenibilidad, digitalización, competitividad y promoción de la oferta hostelera de la Comunidad de Madrid en 2025, 2026 y 2027. En Madrid, a 11 de agosto de 2026. REUNIDOS De una parte, D. Mariano de Paco Serrano, en su calidad de Consejero de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid (en adelante la Comunidad de Madrid), en virtud del nombramiento que establece el Decreto 47/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 150, de 26/6/23) y de lo dispuesto en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 291, de 7/12/23) por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, en su redacción vigente tras su modificación por los Decretos 22/2024, de 10 de abril, y 16/2026, de 4 de marzo, así como en la normativa competencial que justifica su intervención, en concreto el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional en la Comunidad de Madrid. De otra parte, D. José Antonio Aparicio Gregorio, actuando en representación de la Asociación Empresarial de Hostelería de la Comunidad de Madrid Hostelería Madrid, con CIF: G28639383, y domicilio en Paseo Santa María de la Cabeza, n.o 1, 1.o derecha, 28045 Madrid, en su condición de Presidente, según los acuerdos adoptados en la Asamblea General de la Asociación de fecha 19 de mayo de 2025 en el que fue reelegido para tal cargo. Actúan cada uno de ellos en la representación que ostentan reconociéndose mutuamente capacidad para formalizar la presente adenda y a tal efecto, I. Que se suscribió Convenio, en fecha 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación Empresarial de Hostelería de la Comunidad de Madrid (Hostelería Madrid), para el diseño, desarrollo y puesta en marcha de herramientas que promueven activamente la sostenibilidad, digitalización, competitividad y promoción de la oferta hostelera de la Comunidad de Madrid en 2025,2026 y 2027, por un importe de, como máximo, 2.377.264,01euros, IVA incluido, dos millones trescientos setenta y siete mil doscientos sesenta y cuatro euros con un céntimo, con el siguiente desglose de anualidades: — 2025: 978.602,81 euros (IVA incluido). — 2026: 1.085.970,16 euros (IVA incluido). — 2027: 312.691,04 euros (IVA incluido). II. Que de acuerdo con lo establecido en la cláusula sexta del Convenio se creó una Comisión de Seguimiento del mismo en su reunión del día 17 de noviembre de 2025 para seguimiento y evaluación de las actividades y la propuesta de temas específicos que se consideran de especial interés para su estudio, así como cualquier otra que se estime conveniente. III. Que en su reunión del 17 de noviembre de 2025, la Comisión de Seguimiento valoró y aprobó la propuesta de modificación planteada por Hostelería Madrid en cuanto a la modificación y cambio de algunas acciones por otras nuevas de mayor interés, para alcanzar el objeto del Convenio, sin que la misma suponga una alteración de la cuantía total del Convenio para el ejercicio 2025, así como la modificación de la cláusula cuarta en cuanto BOCM-20260821-22 EXPONEN

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/21/BOCM-20260821-22.PDF
