# Convenio – Convenio de 23 de julio de 2026, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades y la Universidad Rey Juan Carlos, para la concesión directa de una subvención destinada a financiar los gastos derivados de la gestión de las actividades y trabajos del Distrito Universitario Único Madrileño de las pruebas de acceso a la universidad para mayores de 25 años correspondientes al año 2026, por importe de 100.000 euros

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-08-22
- **Organismo:** D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES
- **Identificador oficial:** BOCM-20260822-11
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-08-22/convenio-convenio-23-julio-2026-comunidad-madrid-traves-consejeria-educacion-ciencia-universidades-universidad-rey-juan-carlos-no90Dy
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/22/BOCM-20260822-11.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 62 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID SÁBADO 22 DE AGOSTO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 200 I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Educación, Ciencia y Universidades 11 CONVENIO de 23 de julio de 2026, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades y la Universidad Rey Juan Carlos, para la concesión directa de una subvención destinada a financiar los gastos derivados de la gestión de las actividades y trabajos del Distrito Universitario Único Madrileño de las pruebas de acceso a la universidad para mayores de 25 años correspondientes al año 2026, por importe de 100.000 euros. REUNIDOS De una parte, el Excma. Sra. D.a Mercedes Zarzalejo Carbajo, como Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, nombrada por Decreto 7/2026, de 16 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 40, de 17 de febrero), de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en ejercicio de la competencia de representación prevista en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y de acuerdo con el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid. De otra parte, Excmo. Sr. D. Abraham Duarte Muñoz, Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos, nombrado por Decreto 28/2025, de 21 de mayo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 124, de 26 de mayo de 2025), en nombre y representación de la misma, según las competencias que tiene atribuidas por el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y por los estatutos de la citada Universidad, aprobados por Decreto 22/2003, de 27 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 54, de 5 de marzo de 2003, domiciliada en Móstoles (Madrid), CP 28933, calle Tulipán, s/n y con CIF Q2803011B. Ambas partes se reconocen competencia y capacidad legal suficiente para formalizar el presente convenio y de común acuerdo EXPONEN Primero El artículo 29 de Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, establece que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades. A lo anterior hay que añadir lo expresamente regulado en la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid, la cual, en su artículo 2, define los fines que abarca la coordinación universitaria. El artículo 69 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su apartado sexto que las personas mayores de 25 años de edad podrán acceder directamente a la Universidad, sin necesidad de titulación alguna, mediante la superación de una prueba específica. Tercero El artículo 31.3 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario dispone que, en relación con el acceso a la Universidad de las personas mayores de 25 años, se estará a lo dispuesto por la citada Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y por el resto de las normas de carácter básico que le sean de aplicación. En desarrollo de la citada normativa, la sección primera del capítulo V del Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que BOCM-20260822-11 Segundo

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/22/BOCM-20260822-11.PDF
