# Convenio – Convenio de 23 de julio de 2026, entre el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación Adela Madrid, mediante el que se instrumenta una subvención nominativa, por importe de 740.000 euros, para la atención domiciliaria y actuaciones terapéuticas de fisioterapia y logopedia de las personas afectadas por Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA), la potenciación de la información y formación sanitaria de pacientes y familias y la facilitación de su acceso al centro especialista de atención diurna para el año 2026

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-08-22
- **Organismo:** D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
- **Identificador oficial:** BOCM-20260822-15
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-08-22/convenio-convenio-23-julio-2026-servicio-madrileno-salud-asociacion-adela-madrid-que-instrumenta-subvencion-nominativa-importe-5QPbL0
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/22/BOCM-20260822-15.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 200 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID SÁBADO 22 DE AGOSTO DE 2026 Pág. 85 I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Sanidad SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD 15 CONVENIO de 23 de julio de 2026, entre el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación Adela Madrid, mediante el que se instrumenta una subvención nominativa, por importe de 740.000 euros, para la atención domiciliaria y actuaciones terapéuticas de fisioterapia y logopedia de las personas afectadas por Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA), la potenciación de la información y formación sanitaria de pacientes y familias y la facilitación de su acceso al centro especialista de atención diurna para el año 2026. REUNIDOS De una parte, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, de 30 de diciembre de 2024, por el que se revocan los acuerdos adoptados anteriormente, relativos a la delegación de competencias, su avocación y ratificación, y se delegan determinadas competencias del Consejo de Administración. Y de otra, D.a María Carmen Martínez Sarmiento, Presidenta y representante legal de la Asociación Adela Madrid, según se acredita mediante escritura pública, otorgada ante la notaria de Madrid, doña Carmen Boulet Alonso, con número de protocolo 936, de fecha 28 de mayo de 2025. Las partes se reconocen plena capacidad jurídica y de obrar para el otorgamiento del presente convenio y a tal efecto, EXPONEN Primero Que la Viceconsejería de Sanidad asume la superior dirección del Servicio Madrileño de Salud, tal y como establece el artículo 3.g) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad. Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud tiene, entre otros fines, la atención integral de la salud de todos los ámbitos asistenciales. El Decreto 246/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, recoge, en su artículo 2.h), la competencia de la Dirección General Asistencial para para la propuesta, seguimiento y control de convenios. El presente convenio se enmarca dentro de las competencias del Servicio Madrileño de Salud y de la Comunidad de Madrid, en referencia al contenido mínimo que para los convenios establecen, tanto el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, como el artículo 4 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid. BOCM-20260822-15 Segundo

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/22/BOCM-20260822-15.PDF
