# Convenio – Convenio de 27 de julio de 2026, entre la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 y el Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio, para establecer un protocolo de actuación de la agrupación municipal de voluntarios de protección civil en el ámbito de la prevención y extinción de incendios y salvamentos

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-08-24
- **Organismo:** D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112
- **Identificador oficial:** BOCM-20260824-24
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-08-24/convenio-convenio-27-julio-2026-agencia-seguridad-emergencias-madrid-112-ayuntamiento-moraleja-enmedio-establecer-protocolo-Gemy08
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/24/BOCM-20260824-24.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 102 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID LUNES 24 DE AGOSTO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 201 I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior AGENCIA DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS MADRID 112 24 CONVENIO de 27 de julio de 2026, entre la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 y el Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio, para establecer un protocolo de actuación de la agrupación municipal de voluntarios de protección civil en el ámbito de la prevención y extinción de incendios y salvamentos. REUNIDOS D. Pedro A. Ruiz Escobar, Director de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, nombrado por Decreto 141/2023, de 5 de julio, actuando por delegación de competencias del Presidente del Consejo de Administración de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, de fecha 30 de enero de 2024, y de conformidad con el artículo 33.c) de la Ley 5/2023, de 22 de marzo, de creación del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de Madrid. Dña. Arantxa Alonso Godino, Alcaldesa-Presidente del Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio, cargo para el que fue nombrado por el Pleno en sesión celebrada el 17 de junio de 2023, actuando en nombre y representación del citado ayuntamiento, en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 21 y 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y en ejercicio de la posibilidad de suscribir convenios establecida en el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid. Ambas partes se reconocen, en la representación que ostentan, con plena capacidad jurídica y de obrar para suscribir este convenio, y a tal efecto, 1. El artículo 28 de la Ley 5/2023, de 22 de marzo, de creación del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de Madrid, recoge la creación de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (en adelante, ASEM 112) dotada de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, adscrita a la consejería competente en materia de protección civil, seguridad y emergencias, de conformidad con la disposición adicional primera del Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, configurándose como ente de derecho público de régimen especial de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 y en la disposición adicional octava de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid. 2. El Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, en la disposición adicional primera adscribe la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior. 3. El Decreto 111/2024, de 11 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, corresponde a la ASEM 112 la coordinación operativa de las actuaciones conjuntas desarrolladas por las Agrupaciones de Voluntarios y Servicios de Protección Civil de los municipios, apoyándose en el Centro de Coordinación Municipal como centro de coordinación. 4. Por otra parte, el artículo 37 del Decreto 165/2018, de 4 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Agrupaciones Municipales de Voluntarios de Protección Civil en la Comunidad de Madrid, en adelante Reglamento-AMVPC, dispone que: “Para poder actuar en el ámbito de la extinción de incendios y salvamento y/o asistencia a víctimas y transporte sanitario, los ayuntamientos que no tengan atribuidas esas competencias (ya sea por ley o a través de BOCM-20260824-24 EXPONEN

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/24/BOCM-20260824-24.PDF
