# Régimen económico. Bases subvenciones

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-08-25
- **Organismo:** Móstoles
- **Identificador oficial:** BOCM-20260825-33
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-08-25/regimen-economico-bases-subvenciones-GpPoV8
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/25/BOCM-20260825-33.PDF

## Contenido

BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID B.O.C.M. Núm. 202 MARTES 25 DE AGOSTO DE 2026 Pág. 151 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 33 MÓSTOLES RÉGIMEN ECONÓMICO Acuerdo 20/664, de la Junta de Gobierno Local de 7 de agosto de 2026, por el que se aprueban las: BASES GENERALES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES EN CONCEPTO DE “PRESTACIÓN ECONÓMICA PARA LA CRIANZA EN FAMILIAS ACOGEDORAS EN EL MUNICIPIO DE MÓSTOLES”. CONVOCATORIA 2026. Las presentes Bases Generales anulan y dejan sin efecto las anteriores BASES REGULADORAS ESPECÍFICAS DE LA SUBVENCIÓN EN CONCEPTO DE “PRESTACIÓN ECONÓMICA PARA LA CRIANZA EN FAMILIAS ACOGEDORAS EN EL MUNICIPIO DE MOSTOLES”, aprobadas por la Junta de Gobierno Local con fecha de 11 noviembre 2025, número de acuerdo 24/1007 y publicadas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 76 de fecha 13 noviembre 2025. El Ayuntamiento de Móstoles tiene como objetivo prioritario el apoyo a las familias del municipio y con este fin, se promueve esta convocatoria de ayudas económicas promovidas por el Área de Familia, de la Concejalía de Juventud, Familia, Igualdad y Cooperación y concedidas por el Ayuntamiento de Móstoles a familias que hayan recibido en acogimiento a un menor y estén empadronadas y sean residentes en Móstoles. El Ayuntamiento pretende dar una respuesta al principio de igualdad de oportunidades, con la ausencia de toda discriminación derivada de la asunción de obligaciones familiares, dando un apoyo económico a las personas que ofrecen un entorno familiar adecuado a menores vulnerables mediante su acogimiento, que han pasado a ser tutelados por una administración. PRIMERA. - OBJETO Las presentes subvenciones se encuentran recogidas dentro del Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Móstoles para el periodo 2026-2028 aprobado por acuerdo núm. 9/55 de Junta de Gobierno Local del 3 de Febrero de 2026. La concesión de estas ayudas tendrá como periodo subvencionable del 1 de julio de 2025 a 30 de junio de 2026 (ambos incluidos) y los beneficiarios serán familias que, cumpliendo los requisitos establecidos en estas bases, hubieran acogido un/a hijo/a en el periodo establecido, con independencia de la edad de éste/a, siempre que sea menor de edad. SEGUNDA. - RÉGIMEN APLICABLE Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN Las ayudas que se concedan lo serán en régimen de concurrencia competitiva, tendrán carácter de subvención y a las mismas le serán de aplicación lo que dispone el Título VII de las Bases de ejecución del Presupuesto Municipal en concordancia con el art. 17.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LGS y, supletoriamente, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pueda aplicarse. BOCM-20260825-33 Las Bases Generales Reguladoras de la concesión de la subvención en concepto de “PRESTACIÓN ECONÓMICA PARA LA CRIANZA EN FAMILIAS ACOGEDORAS” y las Bases Específicas de la convocatoria de concesión de la referida subvención.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/25/BOCM-20260825-33.PDF
