# Urbanismo. Proyecto urbanización

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-08-25
- **Organismo:** Pozuelo de Alarcón
- **Identificador oficial:** BOCM-20260825-39
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-08-25/urbanismo-proyecto-urbanizacion-n3zeEk
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/25/BOCM-20260825-39.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 182 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MARTES 25 DE AGOSTO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 202 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 39 POZUELO DE ALARCÓN URBANISMO Se hace público que, la Junta de Gobierno Local, en sesión extraordinaria celebrada el 30 de julio de 2026, en el expediente PGU/2020/55 Proyecto de Urbanización del sector UZ 2.4-02 “Huerta Grande” del Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón, adoptó el siguiente acuerdo: “Vista la propuesta de la Primera Teniente de Alcalde, Titular del Área de Gobierno de Medio Ambiente, Vivienda y Embellecimiento y Desarrollo de la Ciudad, de fecha 29 de julio de 2026, que se transcribe: ANTECEDENTES Primero. - El Plan General de Ordenación Urbana (P.G.O.U.) de Pozuelo de Alarcón fue aprobado definitivamente por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 14 de marzo de 2002, si bien en dicho acuerdo se condicionaba su publicación, y consecuente entrada en vigor, a la formulación de un Texto Refundido. Una vez formulado el citado Texto Refundido, el mismo fue aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid en sesión de 6 de junio de 2002, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 4 de Julio de 2002. En el citado documento, los terrenos que ahora nos ocupan se clasifican como Suelo Urbanizable, incluyéndolos en el Sector UZ 2.4-02 “HUERTA GRANDE” que prevé su desarrollo a través de un Plan Parcial, a llevar a cabo con aplicación del sistema de compensación. Segundo. - El 17 de julio de 2003, el Ayuntamiento Pleno acordó estimar la iniciativa para la gestión por el sistema de compensación del Sector de suelo urbanizable del Plan General UZ 2.4-02 “HUERTA GRANDE”. Dicha iniciativa estuvo respaldada por los propietarios representantes de más del 50 % de la propiedad del sector, constituidos en la denominada COMISIÓN GESTORA HUERTA GRANDE C.B. y acompañaba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley 9/2001 de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid (en adelante LSCM) una propuesta de Plan Parcial del ámbito, junto con documentación anexa, una Propuesta de Proyecto de Urbanización, y una propuesta de Estatutos y de Bases de actuación de la futura Junta de Compensación, acreditándose igualmente haberse insertado anuncios de la iniciativa en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en, al menos, uno de los diarios de mayor difusión en ella. Tercero. - Una vez estimada la iniciativa para el desarrollo del UZ de referencia, el 25 de julio de 2013 el Ayuntamiento Pleno adoptó acuerdo por el que se aprobaba definitivamente el Plan Parcial de Ordenación del Sector, con las condiciones que el mismo recogía. El meritado acuerdo, así como sus normas urbanísticas fueron publicadas en el BOCM nº 266 de 8 de noviembre de 2013. Cuarto. - El 11 de mayo de 2016 la Junta de Gobierno Local aprobó definitivamente las Bases de actuación y los Estatutos de la Junta de Compensación “Huerta Grande” con el mismo texto con el que se aprobaron inicialmente –mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 2 de febrero de BOCM-20260825-39 El acuerdo por el que se estimaba la iniciativa lo hacía a los efectos de lo previsto en los artículos 106 a 108 de la LSCM, sin perjuicio de las observaciones que, en su caso, procedieran en relación con el contenido específico de cada uno de los documentos que acompañaban a la misma, cuyo análisis detallado se realizaría al efectuar la tramitación específica de los mismos, y sin perjuicio de las obligaciones que al sector le correspondieran en relación con su participación en las actuaciones de mejora de las redes generales de saneamiento necesarias como consecuencia del desarrollo del mismo.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/25/BOCM-20260825-39.PDF
