# Concesión subvenciones – Orden 1627/2026, de 14 de agosto, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se resuelve la convocatoria de la XXXVII Edición de los “Circuitos de Artes Plásticas de la Comunidad de Madrid”

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-08-26
- **Organismo:** C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE
- **Identificador oficial:** BOCM-20260826-5
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-08-26/concesion-subvenciones-orden-16272026-14-agosto-consejero-cultura-turismo-deporte-que-resuelve-convocatoria-xxxvii-edicion-circuitos-5MP4Bj
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/26/BOCM-20260826-5.PDF

## Contenido

BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID B.O.C.M. Núm. 203 MIÉRCOLES 26 DE AGOSTO DE 2026 Pág. 85 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Cultura, Turismo y Deporte 5 ORDEN 1627/2026, de 14 de agosto, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se resuelve la convocatoria de la XXXVII Edición de los “Circuitos de Artes Plásticas de la Comunidad de Madrid”. Mediante la Orden 2501/2016, de 28 de junio, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de julio de 2016), se establecen las bases reguladoras de los “Circuitos de Artes Plásticas de la Comunidad de Madrid”. En desarrollo de la anterior, por Orden 362/2026, de 27 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se convoca la XXXVII edición de los “Circuitos de Artes Plásticas de la Comunidad de Madrid”. La Orden se hizo pública a través del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y el Extracto de la misma fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 12 de marzo de 2026. Posteriormente, previos los informes técnicos oportunos, y tras la valoración de las solicitudes por parte de la Comisión de expertos, reunida en fecha 25 de junio de 2026, se ha elevado propuesta de resolución por parte de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas. Por todo ello, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y artículo 7.1.a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, DISPONGO Primero Beneficiarios e imputación presupuestaria Se conceden subvenciones a los solicitantes que se relacionan en el Anexo I de la presente Orden, en virtud del proyecto y por la cuantía que se especifica en el mismo. Dicho gasto se hará efectivo con cargo al crédito autorizado en el subconcepto 48399, del programa 333A, del vigente Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid. Segundo Solicitudes desestimadas y/o excluidas Se desestiman las solicitudes presentadas por los solicitantes relacionados en el Anexo II de la presente Orden. Asimismo, en el Anexo III se relacionan las solicitudes excluidas y, en el Anexo IV, las causas de exclusión correspondientes a cada una de ellas. Tercero El pago se tramitará con carácter anticipado sin la exigencia de constitución de garantías, como financiación necesaria para llevar a cabo el proyecto subvencionado, antes de la entrega de la obra para su exposición al público en los Circuitos de Artes Plásticas de la Comunidad de Madrid, y estará sujeto a las retenciones tributarias que, en su caso, sean procedentes. Previamente al pago los beneficiarios no estarán obligados a acreditar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, por estar exentos según lo dispuesto en el artículo 3.1.g) de la Orden 2532/1998, de 29 de septiembre, de la Consejería de Hacienda. BOCM-20260826-5 Abono de la subvención

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/26/BOCM-20260826-5.PDF
